Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2019 (06/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 6 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES
CAP - P 1674

19

NOMBRES Y APELLIDOS Médico cirujano Lily Kau Kau Médico cirujano Carlos Alberto Malpica Coronado

CARGO

ÓRGANO Dirección de Telemedicina

Director/a Ejecutivo/a Dirección de Servicios de Atención Móvil de 1699 Urgencias

Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1794530-5

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2019-TR Lima, 5 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, por convenir al servicio, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ROXANA GISELL NOLI CHAVEZ en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1794653-1

Incorporan el literal c) al artículo 7 de la R.M. Nº 004-2019-TR, que delegó facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio durante el Ejercicio Fiscal 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2019-TR Lima, 5 de agosto de 2019 VISTOS: El Memorándum Nº 908-2019-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 1876-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece que los

Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o avocación, según lo previsto en la referida ley; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR, el Secretario General asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración y puede asumir por delegación expresa, las materias que correspondan a éste que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2019, o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que, el Titular de la Entidad puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con el numeral 26.1 del artículo 26 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, pueden realizarse entre Unidades Ejecutoras y dentro de una Unidad Ejecutora; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 004-2019TR, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 1042019-TR y Nº 164-2019-TR, el Titular de la entidad delega determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio para el Ejercicio Fiscal 2019; Que, mediante documento de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la modificación de la resolución ministerial citada en el considerando precedente, con el objeto de agilizar la tramitación de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan entre Unidades Ejecutoras en el marco del Presupuesto Institucional del Pliego; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporación del literal c) al artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 004-2019-TR y modificatorias Incorporar el literal c) al artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 004-2019-TR y modificatorias, conforme al siguiente texto: "Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la facultad y atribución para aprobar las modificaciones presupuestarias efectuadas entre las

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