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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (08/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2019NORMAS LEGALESAÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD 1 Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes Año XXXVI - Nº 15041 SUMARIO PODER EJECUTIVO INTERIOR R.M. Nº 1190-2019-IN.- Autorizan viaje de Personal Policial a Venezuela, en comisión de servicios 1 R.M. Nº 1191-2019-IN.- Establecen disposiciones para la prestación de ser vicios policiales extraordinarios por parte de la Policía Nacional del Perú 2 PODER EJECUTIVO INTERIOR Autorizan viaje de Personal Policial a Venezuela, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1190-2019-IN Lima, 7 de agosto de 2019VISTOS, el O fi cio N° 1072-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002007-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 160-2019-DIRNOS- DIRSEEST-PNP/DIVEXT, formulado por el Jefe de la División de Extranjería de la Policía Nacional del Perú, se solicita en el marco del PLAN DE OPERACIONES N° 021-2019-DIRNOS PNP/DIRSEEST-UNIPLA “MIGRANTES ILEGALES-2019” AL PLAN GENERAL DE OPERACIONES N° 01-2019-SCG-PNP/DIRNOS-UNIPLEDU “ORDEN Y SEGURIDAD-2019”, se expida la resolución de autorización de viaje al exterior de personal policial, a la ciudad de Santiago de León de Caracas, capital de la República Bolivariana de Venezuela, del 08 al 09 de agosto de 2019, a fi n de ejecutar las resoluciones de expulsión o salida obligatoria de ciudadanos de nacionalidad venezolana, que hayan infringido el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017-IN;Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 252- 2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de 40 efectivos policiales propuestos por la División de Extranjeria de la Policía Nacional del Perú, que se detallan en el artículo 1 de la presente Resolución, del 08 al 09 de agosto de 2019, a la ciudad de Santiago de León de Caracas, capital de la República Bolivariana de Venezuela para que ejecuten las resoluciones precitadas; Que, a través del O fi cio N° 1072-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú remite el expediente en mención, adjuntando un proyecto de resolución ministerial que resuelve autorizar el viaje al exterior citado, a fi n que se ejecuten las resoluciones de expulsión o salida obligatoria de los ciudadanos de nacionalidad venezolana en cuestión, de conformidad al Procedimiento Migratorio Sancionador previsto en el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del mencionado personal policial en la comisión de servicios asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha comisión por concepto de viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N° 3517-2019-SECEJE- DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 07 de agosto de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, mientras que el traslado aéreo (ida y vuelta) será realizado por el Grupo Aéreo N° 08–Callao con el apoyo de una aeronave de la Fuerza Aérea Peruana, conforme precisa el Informe N° 160-2019-DIRNOS-DIRSEEST-PNP/DIVEXT;EDICIÓN EXTRAORDINARIA