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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (08/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

2 NORMAS LEGALES Jueves 8 de agosto de 2019 / El Peruano Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 014-2019- IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 08 al 09 de agosto de 2019, a la ciudad de Santiago de León de Caracas, capital de la República Bolivariana de Venezuela, al personal policial que a continuación se detalla, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. N° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS 1 2345678CMDTE MYCAP S.TNTESSSSSSSSOrlando Rosas Huayanay Ricardo Max Castro GastañagaJorge Antonio Arnao DegollarEdgar Fernando Rivera FloresEfraín Modesto Romero AlmanzaVíctor Fermín Alache GonzálesFélix Juan Flores PachecoEdgardo Dionicio Machuca BonillaN° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS 9 10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940SS SSSSSSSSSSSSSSSBSBSBSBSBSBSBSBSBST1ST1ST1ST1ST2ST2ST2ST2ST2S1S1S2S2S3FS3FHéctor Edwin Muñoz Rubio Jorge Luis Olivari ChumpitazWilfredo Paz LlanosElvis Víctor Rivas SulcaGabriel Alberto Romero BrunPorfi rio Víctor Torrejón Pinedo Ernesto Edi Vega AlamaGuido Tomás Velásquez PérezYovani Arturo Andrade FigueroaVíctor Avendaño CcansceJorge Miguel Carpio MárquezWalter Máximo Félix MaytaRafael Jaime Huamán AlanyaJesús Santos Huamán VillacrisesCarlos Andrés Navarro DíazWildernes Paima PezoHenry Juvencio Roncal AbantoAmador Mendoza MonjeJulio César Montalvo VillacaVíctor Raúl Rodríguez ChallcoVicente Villanueva FernándezClide Felipe Lalupu CobeñasLuis Alberto Bendezú IzarraYuri Stanley Fernández GuevaraEdgar Julián Fernández MarceloErnestina Pérez DíazJudith Nelly Chávez VilcapomaAzael Esteban Manuel Portugal CéspedesArtemisa Bardales TafurJanet Johana Flores PortillaRosa Echevarría GarcíaMilagros Ormeño Garamendi Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Viáticos 370,00 X 2 X 40 = 29 600,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1795611-1 Establecen disposiciones para la prestación de servicios policiales extraordinarios por parte de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1191-2019-IN Lima, 8 de agosto de 2019 VISTOS; el Informe N° 163-2019-CG-SECEJE PNP/ DIRPLAINS-DIVPLA, de la División de Planeamiento Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú; el Informe N° 195-2019-SCG PNP-DIVSEEPI-DEPMSE/CON, del Departamento de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de la División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales de la Sub Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; el Informe N°000134-2019/IN/OGPP/OMD, de la O fi cina de Modernización y Desarrollo