Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2019 (13/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de agosto de 2019 /

El Peruano

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal autorizado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, y su retorno con un (1) día posterior a la misma, sin que éste último genere gasto al tesoro público; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal (kk), del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2016-DE, resulta necesario encargar temporalmente las funciones de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, durante su ausencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del General de Brigada (r) Eduardo Aníbal DEL ÁGUILA Horna, Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 42808626, y del Capitán de Navío José Miguel SIBINA Pereyra, Director de Gestión de Educación del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 43337604, para que visiten la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 14 al 15 de agosto de 2019, autorizando su salida del país el 13 de agosto de 2019 y su retorno el 16 de agosto de 2019. Artículo 2.- Encargar temporalmente al señor Ministro SDR Vitaliano Gaspar GALLARDO VALENCIA, las funciones de Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, por el periodo comprendido entre el 13 al 16 de agosto de 2019, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Lima ­ Ciudad de México (Estados Unidos Mexicanos) ­ Lima: US$ 1,966.10 x 2 personas (incluye TUUA) Viáticos: US$ 440.00 x 2 personas x 3 días TOTAL: US$ 2,640.00 -------------------US$ 6,572.20 US$ 3,932.20

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1796759-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del FONCODES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 149-2019-FONCODES/DE Lima, 9 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe N° 239-2019-MIDIS-FONCODES/ URH de la Unidad de Recursos Humanos e Informe N° 179-2019-MIDIS-FONCODES/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, señalando además en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción a dicho Ministerio, entre otros programas, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; Que, mediante Resolución Ministerial N° 091-2017-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; el mismo que fue reordenado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 96-2017-FONCODES/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 179-2017-FONCODES/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 191-2018-FONCODES/ DE y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 020-2019-FONCODES/DE; Que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE"; Que, el numeral 7.5 de la Directiva citada, señala que el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda; señalando además, que las normas referidas al Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional que deben aplicarse se encuentra establecidas, entre otros, en el Anexo N° 4 de la Directiva; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH señala que el reordenamiento de cargos del Cuadro para la Asignación de Personal ­ CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "n° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza" y b) otras acciones de administración del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad"; Que, asimismo, el citado numeral señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para

Artículo 4.- Los funcionarios comisionados, deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM.

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