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27 NORMAS LEGALES Domingo 18 de agosto de 2019 El Peruano / o no calificación por incumplimiento de requisitos, no debe exceder los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud en la Plataforma Virtual. Dicho plazo puede ser prorrogado por la DPP hasta por un máximo de veinte (20) días hábiles adicionales. (...) 7.8 La SDCTT evaluará y resolverá en primera instancia los Recursos de Reconsideración interpuestos referentes a la cali fi cación y/o clasi fi cación del investigador. La DPP, a través del Comité Técnico, evaluará técnicamente los Recursos de Apelación referentes a la califi cación y/o clasi fi cación del investigador en el marco del presente Reglamento. a. El Comité Técnico está conformado por tres investigadores expertos con el más alto grado de la especialidad. La Secretaría Técnica estará a cargo de la SDCTT del CONCYTEC, y no tendrán ni voz ni voto en el comité. b. El referido comité estará conformado por investigadores expertos en las diferentes áreas de conocimiento señaladas en el Anexo Nº 4 del presente Reglamento. (...) Artículo 9.- Del procedimiento de registro y mantenimiento en el RENACYT (...) 9.2 Los investigadores serán registrados en el RENACYT como personas naturales en el Grupo de Investigador y nivel correspondiente, conforme a lo regulado en literal q) del artículo 11 de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Al investigador se le asigna un único código de registro, con su respectiva condición de activo o no activo. (...)” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.concytec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1798733-2 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Modifican conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital, designan Líder de Gobierno Digital y Oficial de Seguridad de la Información del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 058-2019-OTASS/DE Lima, 16 de agosto de 2019 VISTO: El Informe N° 298-2019-OTASS-OA de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 877-2019-OPP/OTASS y el Informe N° 029-2019-CSCA-OPP/OTASS de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 216-2019-OAJ/OTASS de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 229-2019-URH-OA/OTASS de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorándum N° 932- 2019-OA/OTASS de la O fi cina de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley N° 27658 declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2018- PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación al ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas, la designación como Líder nacional de Gobierno Digital a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien dirige, evalúa y supervisa el proceso de transformación digital y dirección estratégica del Gobierno Digital; Que, en mérito a la Resolución Ministerial N° 119-2018- PCM, que dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, se emitió la Resolución Directoral N° 059-2018-OTASS/DE, a través de la cual se conforma el Comité de Gobierno Digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Que, con Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM se aprueban disposiciones sobre la conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital en las Entidades de Administración Pública; Que, en atención al Informe N° 152-2019-OTASS- OA-TI de fecha 2 de julio de 2019, el Jefe de la O fi cina de Administración emite el Informe N° 298-2019-OTASS-OA de la misma fecha, con el visto del Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información, recomendando la reconformación del Comité de Gobierno Digital del OTASS, en mérito a las modi fi caciones establecidas en la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM; Que, con Memorando N° 877-2019-OPP/OTASS de fecha 23 de julio de 2019, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable, haciendo suyo el Informe N° 029-2019-CSCA-OPP/OTASS de fecha 23 de julio de 2019, a la constitución del Comité de Gobierno Digital del OTASS, considerando los órganos y unidades orgánicas de la nueva estructura orgánica aprobada; Que, mediante Informe Legal N° 216-2019-OAJ/ OTASS de fecha 31 de julio de 2019, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la adecuación de la Resolución Directoral N° 059-2018-OTASS/DE con los alcances de la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM; Que, a través del Informe N° 229-2019-URH-OA/ OTASS de fecha 9 de agosto de 2019, la Unidad de Recursos Humanos realiza la evaluación del per fi l de los miembros del gabinete de asesoramiento de la Alta Dirección del OTASS para la designación del Líder de Gobierno Digital, y emite pronunciamiento; En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley N° 27658; en el Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación al ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital; y, en la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, a través de la cual se aprueban disposiciones sobre la conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital en las Entidades de Administración Pública; Con el visado de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica del OTASS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 059-2018-OTASS/DE de fecha 1° de octubre de 2018, quedando redactados de la siguiente manera: “Artículo 1.- Conformación del Comité de Gobierno Digital