Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 24 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2019-MINCETUR Lima, 7 de agosto de 2019 Visto, el Oficio N° 051-2019-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, se ha previsto la participación de PROMPERÚ conjuntamente con empresas peruanas exportadoras del sector manufacturas diversas en el evento "Misión Industria Perú Colombia 2019" a realizarse del 26 al 29 de agosto de 2019, en las ciudades de Bogotá y Medellín, República de Colombia, con el objetivo de poner en contacto comercial a las empresas peruanas con potenciales compradores, importadores y distribuidores colombianos, promoviendo de esta manera nuestras exportaciones con valor agregado en este mercado; asimismo, el día 25 de agosto del mismo año, se ejecutarán acciones previas necesarias para la óptima presentación en este evento, que cautelen el cumplimiento de los objetivos planificados; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en dicha misión porque permitirá el posicionamiento de nuestras empresas y sus productos dentro del mercado colombiano, mediante la identificación de potenciales compradores, importadores, distribuidores y agentes comerciales que faciliten el ingreso de nuestras mercancías, habiéndose previsto la asistencia de importadores e inversionistas en las Ruedas de Negocios, las cuales se han organizado con la finalidad de concretar negocios y generar el incremento de nuestras exportaciones; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina y del señor Jesús Andrés Asencios Sosa, quienes laboran en la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realicen acciones de promoción de las exportaciones en la misión antes señalada; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que

aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Bogotá y Medellín, Republica de Colombia, de la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina y del señor Jesús Andrés Asencios Sosa, del 25 al 30 de agosto de 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la "Misión Industria Perú Colombia 2019", que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Cecilia del Rosario Pacheco Medina Jesús Andrés Asencios Sosa Pasajes aéreos Clase Económica Continente US$ 361,79 361,79 América del Sur Viáticos por día US$ 370,00 370,00 Nro. Total Viáticos días US$ 5 5 1 850,00 1 850,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1795177-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales EP a Canadá, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1051-2019 DE/CCFFAA Jesús María, 19 de agosto de 2019 VISTO: El Oficio Nº 2740 CCFFAA/OAI/UOP/PER del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 15 de julio de 2019. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 773-2015-MINDEF/ VPD/B/01.d, de fecha 30 de abril de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, comunica que el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas (DPKO), ha aceptado el despliegue de la Compañía de Construcción y Mantenimiento de Aeródromos a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA); asimismo, indica que es indispensable que se incluya como parte del personal a desplegar, a dos (02) expertos calificados en Construcción y Mantenimiento de Aeródromos, que hayan seguido el curso de "Certificación en Construcción y Mantenimiento de Aeródromos" a cargo

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