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34 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, la Cancillería, a través de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, es el ente rector de la Política Nacional Migratoria (PNM) y preside la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria (MTIGM); Que, se ha visto por conveniente realizar una visita de inspección a la Sección Consular de la Embajada del Perú en la ciudad de La Habana, República de Cuba, a fi n de veri fi car la e fi ciencia y correcto diligenciamiento de los trámites consulares que se procesan, así como de evaluar otros aspectos de la gestión de esa o fi cina para una posterior mejora de los servicios que brinda esta Cancillería; Que, en tal sentido, es necesario que el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares y una asistente administrativa de la Subdirección de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, viajen a la ciudad antes mencionada; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 11 al 15 de diciembre del 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y, - Señora Carla Petith Del Castillo Ramírez, Contratada Administrativa de Servicios – CAS, asistente administrativa de la Subdirección de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa1,290.00 430.00 5 2,150.00 Carla Petith Del Castillo Ramírez1,290.00 430.00 5 2,150.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático y asistente administrativa presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1835788-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES