Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2019 (13/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4

NORMAS LEGALES

Viernes 13 de diciembre de 2019 /

El Peruano

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Delegan en el/la Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, durante el año fiscal 2019, la facultad de aprobar las transferencias financieras a los núcleos ejecutores a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2019-MIDIS Lima, 11 de diciembre de 2019. VISTOS: El Oficio N° 1431-2019-MIDIS-FONCODES/ DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; el Memorando N° 1457-2019-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 91-2019-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2019 se establecen las medidas necesarias para garantizar la ejecución de obras de infraestructura o estructuras modulares de dormitorios para estudiantes y docentes, servicios higiénicos, cocinas, almacenes y comedores, que complementen la prestación del servicio educativo de hasta treinta (30) instituciones educativas públicas que brindan el servicio educativo bajo el Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el Ámbito Rural y el Modelo de Servicio Educativo Secundaria en Alternancia, que contribuyan a mejorar la calidad en la provisión del servicio educativo en zona rural; asimismo, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 137 199 985,00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, conforme al numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia N° 006-2019, se autoriza, durante el año fiscal 2019, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, a transferir financieramente a los núcleos ejecutores para los fines de tal Decreto de Urgencia, los montos que se determinen en función de las estimaciones realizadas en el Anexo del indicado Decreto de Urgencia, a efectos de aprobar las fichas técnicas, estudios de preinversión, expedientes técnicos o estudios definitivos, especificaciones técnicas, estudios complementarios así como la ejecución de las intervenciones, según corresponda; Que, de acuerdo con el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2019, las transferencias financieras autorizadas en el referido numeral 4.1 se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de

Desarrollo e Inclusión Social, o mediante acto aprobatorio por parte del funcionario que dicho titular delegue; Que, mediante Resolución Ministerial N° 226-2019-MIDIS, se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2019, hasta por la suma de S/ 137 199 985,00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio N° 1431-2019-MIDISFONCODES/DE, la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, en el marco del numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2019, propone que se le delegue la facultad de aprobar las transferencias financieras a favor de los núcleos ejecutores, lo cual cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Modernización de dicha Oficina General; Que, en ese sentido, en el marco de la normativa reseñada precedentemente, resulta pertinente delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, la facultad de aprobar las transferencias financieras a los núcleos ejecutores a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2019; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría jurídica, y de la Oficina de Modernización; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto de Urgencia N° 006-2019, Decreto de Urgencia que regula la participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES en la ejecución de obras de infraestructura en instituciones educativas del ámbito rural y dicta otras medidas; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social FONCODES, durante el año fiscal 2019, la facultad de aprobar las transferencias financieras a los núcleos ejecutores a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 006-2019, Decreto de Urgencia que regula participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES en la ejecución de obras de infraestructura en instituciones educativas del ámbito rural y dicta otras medidas. Artículo 2.- La delegación de facultades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, comprende la atribución de evaluar, decidir y resolver sobre la procedencia o no de la realización de las actuaciones objeto de delegación; encontrándose el servidor delegado obligado a verificar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en la normativa aplicable en cada caso respectivo. Artículo 3.- El/La Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES deberá informar al Despacho Ministerial, dentro de los siete (7) primeros días hábiles de finalizado el año fiscal 2019, sobre las actuaciones realizadas en ejercicio de la delegación otorgada. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1836372-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.