Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2019 (13/12/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 11
El Peruano / Viernes 13 de diciembre de 2019
NORMAS LEGALES
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EM, las transferencias financieras están destinadas a financiar proyectos respecto a la infraestructura existente de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE y ADINELSA, pudiendo financiar obras de reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora, dirigidas a la confiabilidad, calidad, sostenibilidad y capacidad de los SER, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 del referido Decreto Supremo N° 033-2015-EM; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 5 del citado Decreto Supremo, corresponde a la DGER emitir opinión favorable respecto de la transferencia de recursos, previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes; Que, con Cartas Nº G-1152-2019 y Nº GT-1329-2019, con registros N° 2977558 y N° 2992106 de fecha 17 de septiembre y 06 de noviembre de 2019, respectivamente, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A. solicita a la DGER la transferencia de recursos ascendente a la suma de S/ 3 822 892, 12 (Tres Millones Ochocientos Veintidós Mil Ochocientos Noventa y Dos y 12/100 Soles) incluido el IGV, para el financiamiento del proyecto de Inversión Pública denominado "Creación e Instalación de Línea Primaria en 33KV, desde S.E. Ubinas Santa Lucía Distrito de Ubinas Provincia de General Sánchez Cerro Departamento de Moquegua"; Que, la DGER mediante los Memorandos Nº 277-2019MEM/DGER-JPEI y Nº 348-2019-MINEM/DGER-JPEI de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones; el Memorando N° 669-2019-MINEM/DGER-JEST, el Informe N° 418-2019-MINEM/DGER-JEST, complementado con el Memorando N° 707-2019-MINEM/ DGER-JEST, el Informe N° 448-2019-MINEM/DGER-JEST de la Jefatura de Estudios; el Memorando N° 0745-2019/MINEM-DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas; y, el Informe N° 0245-2019-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, la DGER emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A., por el monto de S/ 3 822 892, 12 (Tres Millones Ochocientos Veintidós Mil Ochocientos Noventa y Dos y 12/100 Soles) incluido el IGV, para el financiamiento del proyecto de Inversión Pública denominado "Creación e Instalación de Línea Primaria en 33KV, desde S.E. Ubinas Santa Lucía Distrito de Ubinas Provincia de General Sánchez Cerro Departamento de Moquegua"; Que, de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00661-2019-MINEM-DGER/ JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento 118 Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora N° 005 DGER del Pliego Nº 016 Ministerio de Energía y Minas; Que, el 26 de noviembre de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A., suscriben el Convenio Nº 005-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A. de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749, y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; y el Decreto Supremo N° 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; SE RESUELVE Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera por la suma de S/ 3 822 892,12 (Tres Millones Ochocientos
Veintidós Mil Ochocientos Noventa y Dos y 12/100 Soles) incluido el IGV, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 Dirección General de Electrificación Rural del Pliego N° 016 Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2019, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A., para el desarrollo del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO ACTIVIDAD : Acciones Comunes : Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO GENÉRICA DE GASTO : 6 Gastos de Capital : 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 3 822 892,12
Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 005-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima ELECTROSUR S.A., debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 0332015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. N° 386-2019-MINEM/DM CARTERA DE INTERVENCION DE EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA ELECTRO SUR S.A., PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN RURAL
N° NOMBRE DEL PROYECTO CREACION E INSTALACIÓN DE LINEA PRIMARIA EN 33 KV, DESDE S.E. UBINAS SANTA LUCIA - DISTRITO DE UBINAS - PROVINCIA DE GENERAL SANCHEZ CERRO - DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA TOTAL DEPARTAMENTO INVERSION S/
1
MOQUEGUA
3 822 892,12
3 822 892,12
1836028-1