Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de enero de 2019 /

El Peruano

Que, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 197-2015-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2015, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 003-2015-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2015. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 174-2016-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2016, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017, entre otras, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 197-2015-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2015. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 187-2017-MP-FN-JFS, de fecha 20 de diciembre de 2017, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 174-2016-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2016. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 158-2018-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2018, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 187-2017-MP-FN-JFS, de fecha 20 de diciembre de 2016. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5895-2015-MP-FN, de fecha 23 de noviembre de 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 24 de noviembre de 2015, se dispuso el traslado de dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Sur; cinco (05) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Este, Distrito Fiscal de Lima Este; cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Callao, Distrito Fiscal de Callao; y, por último el traslado de tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Norte, Distrito Fiscal de Lima Norte, todas ellas a partir de la fecha de la publicación de dicha Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2015. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1342-2018-MP-FN, de fecha 04 de mayo de 2018, se dispuso, entre otros, trasladar una de las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, que fueron previamente trasladadas al Pool de Fiscales de Lima Este, a la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de El Agustino. El Fiscal de la Nación, es el titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, estando a la culminación de la prórroga de la vigencia del nombramiento de la fiscal adjunta provincial, con carácter transitoria, trasladada de las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Este y posteriormente a la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de El Agustino, corresponde expedir el resolutivo, disponiendo que se amplíe el nombramiento y designación de la magistrada que actualmente ocupa dicha plazas, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia del nombramiento de la abogada Rocío Karina Santillán Cerrón, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional

Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de El Agustino, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 5899-2015-MP-FN y 1342-2018-MPFN, de fechas 23 de noviembre de 2015 y 04 de mayo de 2018, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima y Lima Este, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación 1727863-4 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4707-2018-MP-FN Lima, 31 de diciembre de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 060-2010-MP-FN-JFS, de fecha 13 de julio de 2010, se dispuso, entre otros, la creación de catorce (14) plazas de fiscales adjuntos provinciales en el Distrito Fiscal de Lima, con carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2010, para las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima. Que, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio de 2011, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2011, la vigencia de los despachos y plazas fiscales creadas con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 060-2010-MP-FN-JFS, de fecha 13 de julio de 2010. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 005-2012-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2012, se prorrogó por 60 días contados a partir del 01 de enero de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio de 2011. Que, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 005-2012-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2012. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 160-2012-MP-FN-JFS, de fecha 17 de diciembre de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero de 2012. Que, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 172-2013-MP-FN-JFS, de fecha 24 de diciembre de 2013, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 160-2012-MP-FN-JFS, de fecha 17 de diciembre de 2012. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 003-2015-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2015, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 172-2013-MP-FN-JFS, de fecha 24 de diciembre de 2013. Que, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 197-2015-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2015, se prorrogó a partir del 01 de enero al 31 de

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