Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2019 (24/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

70
VISTA:

NORMAS LEGALES

Jueves 24 de enero de 2019 /

El Peruano

La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que se le autorice el cierre de una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el cierre de una (01) oficina especial según el siguiente detalle:
Oficina Especial Dirección Distrito Provincia Departamento Miraflores Lima Lima

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Designan funcionaria responsable de brindar información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 043-2019/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR Piura, 9 de enero de 2019 VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 2652017/GOBIERNO REGIONAL PIURA ­ GGR de fecha 09 de noviembre de 2017 y Resolución Ejecutiva Regional Nº 001-2019/GOBIERNO REGIONAL PIURA ­ PR de fecha 01 de enero de 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)"; Que, en concordancia con el precepto constitucional indicado, los artículos 8º y 9.2 de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, establecen que: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. (...)" y en tal sentido el artículo 9.2 de esta ley señala que "La autonomía administrativa: es la facultad de organizarse internamente, (...)."; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 265-2017/GOBIERNO REGIONAL PIURA ­ GGR de fecha 09 de noviembre de 2017, se designó a la Ing. NIMIA EDELMIRA ELERA DE PINAO, como funcionaria responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura, en aplicación del Principio de Publicidad con el fin de garantizar y promover la transparencia; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 001-2019/GOBIERNO REGIONAL PIURA ­ PR de fecha 01 de enero de 2019, se designó entre otros, a la Abog. MARÍA VIOLETA DE LAMA VILLASECA como Secretaria General del Gobierno Regional Piura; Que, en el marco de la autonomía administrativa y de gestión del Gobierno Regional Piura, resulta pertinente dar por concluida la designación de la Ing. NIMIA EDELMIRA ELERA DE PINAO, como funcionaria responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura y designar a la Abog. MARÍA VIOLETA DE LAMA VILLASECA, en su condición de Secretaria General, como funcionaria responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura; Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional y Secretaría General del Gobierno Regional Piura. En uso de las atribuciones conferidas al Despacho de la Gobernación Regional, por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el inciso d) del Art. 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, con eficacia anticipada al 01 de enero de 2019, la designación de la Ing. NIMIA EDELMIRA ELERA DE PINAO, como funcionaria responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional

Migraciones ­ Óvalo Gutiérrez Óvalo Gutiérrez N° 114 Interior 109

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1732415-2 RESOLUCIÓN SBS Nº 0149-2019 Lima, 11 de enero de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de una (01) oficina especial, según el siguiente detalle:
Nombre Tipo Dirección actual Dirección nueva Distrito Provincia Departamento Cusco

KITENI

Lote N-9 Mz Centro Cívico del Oficina . B Av. Johen La Centro Poblado Echarate Especial Wissen - Centro Convención de Kiteni Poblado Kiteni

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1732415-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.