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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (01/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 1 de febrero de 2019 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a Canadá y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2019-PCM Lima, 31 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, la última Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Lima se llevó a cabo el 4 de enero de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú, ocasión en la cual se renovó el compromiso para promover y desarrollar iniciativas de coordinación regional en respuesta a la crisis política y humanitaria en la República Bolivariana de Venezuela; Que, ante los recientes acontecimientos en la República Bolivariana de Venezuela y a fi n de dar seguimiento a los temas tratados en dicha reunión, se ha decidido llevar a cabo una Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Lima, en la ciudad de Ottawa, Canadá, el 4 de febrero de 2019; Que, considerando la relevancia de los temas a ser abordados, se estima importante la participación del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales; La Hoja de Trámite (GAB) Nº 76, del Despacho Ministerial, del 28 de enero de 2019; y el Memorándum (OPR) Nº OPR00002/2019, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 29 de enero de 2019, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; y, la Ley N.º 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 3 al 5 de febrero de 2019, a fi n de participar en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Lima. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ Néstor Francisco Popolizio Bardales1,890.00 440.00 1+1 880.00Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a partir del 3 de febrero de 2019, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1737282-4 Modifican la R.M. Nº 001-2019-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2019-PCM Lima, 31 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2019- PCM, se delega facultades en diversos funcionarios de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal a), numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 001-2019-PCM delega en el/la Secretario/a General, la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, conforme se desprende de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440 y el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, expedida por la Dirección General de Presupuesto Público, el precitado artículo 47 entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2021; en virtud de lo cual corresponde modi fi car la Resolución Ministerial Nº 001-2019-PCM en dicho extremo; Que, con la modi fi catoria del literal a), numeral 2.1 del artículo 2, referido precedentemente, se precisará además la facultad de aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias conforme a lo dispuesto por el artículo 26 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, modelos y formatos, aprobados por la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; Que, asimismo, resulta pertinente estipular en el literal c) del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 001-2019-PCM, respecto a la delegación de facultades en el/la Secretario/a Administrativo/a, la facultad para autorizar la designación temporal para el desplazamiento del personal comprendido en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; Que, así también, es necesario incorporar el literal d) en el numeral 4.2 del artículo 4, a efectos que el/la Director/a de la O fi cina General de Administración, quede facultado para autorizar la reincorporación y/o reubicación del personal a la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, que dispone la entrada en vigencia de diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 1440; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder