Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2019 (03/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Domingo 3 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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CONVENIOS INTERNACIONALES

Enmienda Nº Doce al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)
Convenio de Donación de USAID No. 527-0426 ENMIENDA No. DOCE AL CONVENIO DE DONACIÓN ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LA REPUBLICA DEL PERÚ

3.1(a). Este monto incluye Diez Millones Seiscientos Sesenta y Seis Mil Quinientos Cincuenta y Siete Dólares de los Estados Unidos ($10,666,557) de la contribución de USAID y Dos Millones Setecientos Treinta y Siete Mil Doscientos Ochenta y Tres Dólares de los Estados Unidos ($2,737,283) del Gobierno de Canadá , en concordancia con el Acuerdo de Cooperación Delegada firmado entre USAID y el Departamento de Asuntos Exteriores, Comercio y Desarrollo (DFATD) del Gobierno de Canadá el 28 de Marzo del 2018 ; (b) Ajustar el monto de la contribución del Donatario de conformidad con el ARTÍCULO 3, Sección 3.2(b); (c) Cambiar el Plan Financiero Ilustrativo adjunto como Cuadro 1 del Convenio. POR CONSIGUIENTE, las Partes mediante la presente acuerdan enmendar el Convenio como sigue: 1. El texto del ARTÍCULO 3, Sección 3.1 (a), mediante la presente es anulado en su totalidad y se sustituye con lo siguiente: (a) La Donación: Para ayudar a alcanzar la Finalidad y Objetivos de Desarrollo establecidos en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Asistencia al Exterior de 1961 y sus enmiendas, por este medio otorga al Donatario de conformidad con los términos del Convenio hasta un total que no exceda a Cuatrocientos Diecisiete Millones Seiscientos Veinte Mil Trescientos Diecisiete Dólares de los Estados Unidos ($417,620,317) (la "Donación"). Este monto incluye Diez Millones Seiscientos Sesenta y Seis Mil Quinientos Cincuenta y Siete Dólares de los Estados Unidos ($10,666,557) de la contribución de USAID y Dos Millones Setecientos Treinta y Siete Mil Doscientos Ochenta y Tres Dólares de los Estados Unidos ($2,737,283) del Gobierno de Canadá. 2. La primera oración de la Sección 3.2(b) (Contribuciones del Donatario) es anulada en su totalidad y se sustituye con el siguiente texto: El total de contribuciones esperadas del Donatario, tomando como base la contribución de USAID reflejada en la Sección 3.1(a), no deberá ser menor a Noventa y Nueve Millones Setecientos Setenta Mil Quinientos Catorce Dólares de los Estados Unidos ($99,770,514), tal como se muestra en el Cuadro 1. 3. El Plan Financiero Ilustrativo del Convenio contenido en el Cuadro 1 es por la presente anulado en su totalidad y se sustituye por el Plan Financiero Ilustrativo adjunto a esta Enmienda como Cuadro 1. Excepto de lo enmendado o modificado en la presente Enmienda, todos los términos y condiciones del Convenio original permanecen en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la República del Perú y los Estados Unidos de América, actuando cada uno a través de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda No. Doce en sus nombres y la han otorgado en el día y el año que aparecen en la primera página. LA REPÚBLICA DEL PERÚ Firma: NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Título: Ministro de Relaciones Exteriores República del Perú

Fecha: Date: 24 de agosto del 2018 Clasificación Contable Funding Codes: DV/2017/2018 DV-RF/2017/2018 ES/2017/2018 GD-X/2018 ENMIENDA No. DOCE de fecha 24 de agosto del 2018, entre los Estados Unidos de América, representado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional ("USAID"), y la República del Perú ("Donatario"): POR CUANTO, el Donatario y USAID celebraron el Convenio de Donación 527-0426 el 20 de setiembre del 2012 (el "Convenio"); POR CUANTO, el Donatario y USAID enmendaron el Convenio el 19 de Julio del 2013 (Enmienda No. Uno), el 21 de Setiembre del 2013 (Enmienda No. Dos), el 26 de Agosto del 2014 (Enmiendas No. Tres y No. Cuatro), el 30 de Setiembre del 2014 (Enmienda No. Cinco), el 21 de Enero del 2015 (Enmienda No. Seis), el 30 de Setiembre del 2015 (Enmienda No. Siete), el 8 de Setiembre del 2016 (Enmienda No. Ocho), el 16 de Marzo del 2017 (Enmienda No. Nueve), el 29 de Setiembre del 2017 (Enmienda No. Diez), y el 9 de Mayo del 2018 (Enmienda No. Once); POR CUANTO, USAID acordó donar al Donatario, sujeto a la disponibilidad de fondos, una contribución total estimada ascendente a Cuatrocientos Noventa Millones de Dólares de los Estados Unidos ($490'000,000) la misma que será proporcionada en incrementos según los términos del Convenio, de los cuales Cuatrocientos Cuatro Millones Doscientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Setenta y Siete Dólares de los Estados Unidos ($404,216,477) han sido otorgados previamente; y POR CUANTO, las Partes mediante esta Enmienda No. Doce desean modificar el Convenio para: (a) Incrementar el monto otorgado por USAID a la fecha por el monto de Trece Millones Cuatrocientos Tres Mil Ochocientos Cuarenta Dólares de los Estados Unidos ($13,403,840), de conformidad con el ARTICULO 3, Sección

THE UNITED STATES OF AMERICA Signature: Title: ERIN KRASIK Acting Mission Director USAID/Peru

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