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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2019 (04/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 4 de julio de 2019 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 954-2019-IN Lima, 3 de julio de 2019VISTOS, los O fi cios N° 840-2019-SUB COMGEN PNP/ DIRASINT-DIVABI y 858-2019-SDG PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001694-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 037-2019-JUS de fecha 06 de febrero de 2019, el Estado Peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano-ecuatoriano Luis Andrés Mario Orbezo Tejeda formulada por la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los siguientes delitos: i) robo agravado, en agravio del Estudio Jurídico Echeandía Chiappe Abogados S.C.R.L. y ii) robo agravado con subsecuente muerte, en agravio de Luis Francisco Echeandía Chiappe, y dispone su presentación por vía diplomática a la República del Ecuador, conforme al Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, a través del correo electrónico de fecha 17 de junio de 2019, se comunica a la O fi cina Central Nacional INTERPOL – Quito la designación del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo y del Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Carlos Enrique Pilloca Zambrano, como encargados de la ejecución de la extradición activa del ciudadano peruano-ecuatoriano Luis Andrés Mario Orbezo Tejeda; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 212-2019-COMGEN/DIRASINT-DIVABI de fecha 24 de junio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo y del Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Carlos Enrique Pilloca Zambrano, propuestos por la O fi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, del 04 al 08 de julio de 2019, a la ciudad de San Francisco de Quito de la República del Ecuador, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Ofi cio N° 2688-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE de fecha 25 de junio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme precisa la Hoja de Estudio y Opinión N° 212-2019-COMGEN/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo y del Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Carlos Enrique Pilloca Zambrano, del 04 al 08 de julio de 2019, a la ciudad de San Francisco de Quito de la República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Pers. Total US$ Viáticos 370,00 X 5 X 2 = 3 700,00