Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 4 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 145-2019-GAT-MDC de la Gerencia de Administración Tributaria solicita la prórroga de la Ordenanza Nº 416-2019/MDC, Informe Nº 554-2019-GAJ/ MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por las leyes de reforma constitucional Nº 27680 y Nº 30305, las municipalidades son órganos de gobierno local que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 416-2019/MDC publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 08 de Mayo del 2019, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo. Que, mediante informe Nº 1118-2019-SATR-GAT/ MDC de fecha 18 de Junio del 2019, la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación manifiesta que a la fecha se han recibido innumerables pedidos por parte de los administrados solicitando la ampliación de los beneficios tributarios y no tributarios para poder cancelar las deudas vencidas por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Cuotas de Fraccionamiento y Resoluciones de Sanción que mantiene con la corporación Edil ; Por lo que, la Gerencia de Administración Tributaria es de la opinión que resulta conveniente prorrogar los beneficios señalados en la Ordenanza Nº 4162019/MDC y de esta manera asegurar el incremento de la recaudación y el cumplimiento de las metas institucionales de recaudación; Que, la segunda disposición final de dicho dispositivo municipal, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar medidas complementarias para su aplicación, así como para disponer la prórroga del plazo de vigencia; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto del 2019 la vigencia de la Ordenanza Nº 416-2019/ MDC que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Imagen Institucional y Subgerencia de Informática, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la secretaría General, a la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Maestranza la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano a la Subgerencia de Informática la publicación en la página web de la municipalidad: www.municarabayllo.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 1784941-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 506-CDLO Mediante Oficio Nº 0699-2019-MDLO/SG, la Municipalidad Distrital de Los Olivos solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 506-CDLO, publicada en separata especial del día 26 de junio de 2019 En la página 3; DICE: (...) "Artículo 2º.- Ámbito de aplicación La presente ordenanza será de aplicación en la jurisdicción del distrito de Los Olivos, a toda persona natural o jurídica, pública o privada y/o cualquier agrupación de ellas, que cometieran una o más infracciones dentro de" DEBE DECIR: (...) "Artículo 2º.- Ámbito de aplicación La presente ordenanza será de aplicación en la jurisdicción del distrito de Los Olivos, a toda persona natural o jurídica, pública o privada y/o cualquier agrupación de ellas, que cometieran una o más infracciones dentro de la comuna, aun cuando no tuvieran constituido domicilio real y/o fiscal dentro del distrito." 1784569-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2019 Mediante Oficio Nº 756-2019-MPC/SG, la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal N° 013-2019, publicada en la edición del 28 de junio de 2019. En el anexo 1.DICE: ANEXO 1 APROBADOS CON ORDENANZA MUNICIPAL 1. PLANEAMIENTOS INTEGRALES DEL EX FUNDO OQUENDO CALLAO SECTOR ESTE ,CERCADO DEL CALLAO, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 000057 DE FECHA 03.12.2010, EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL DISEÑO URBANO Y DE LOS MÓDULOS VIALES DEL SECTOR DENOMINADO EX FUNDO OQUENDO, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000065 DE FECHA 23.11.2008. CUYA COPIA SE ADJUNTA. 2. PLANEAMIENTO INTEGRAL AV. ELMER FAUCETT ­ AV. TOMAS VALLE. PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE LA AV. ELMER FAUCETT Y AV. TOMAS VALL APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 023-2014 DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DEL 2014

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