Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 5 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

55

a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional 1785454-1

GOBIERNOS LOCALES

asumidos por el Banco Mundial no irrogando gasto alguno a la Municipalidad Distrital de Breña; Que, mediante el Informe Legal N° 306-2019-GAJ/ MDB emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que mediante Acuerdo de Concejo se autorice el viaje al exterior del Alcalde para participar en el "Taller para la Planificación de la Resiliencia" en el marco del Proyecto Nacional de Catastro Urbano y Apoyo Municipal, organizada por el Banco Mundial; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Distrital de Breña ha aprobado el siguiente: ACUERDO:

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Autorizan viaje de alcalde a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO N° 014-2019-MDB Breña, 27 de junio de 2019 EL CONCEJO DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta de fecha 02 de mayo de 2019 de THE WORLD BANK (Banco Mundial), el Proveído N° 315-2019-AL/MDB de fecha 03 de mayo de 2019 del Despacho de Alcaldía y el Informe N° 306-2019-GAJ-MDB de fecha 26 de junio de 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre Autorización del viaje al exterior del alcalde para participar en el "Taller para la Planificación de la Resiliencia" en el marco del Proyecto Nacional de Catastro Urbano y Apoyo Municipal, organizada por el Banco Mundial, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 11) del artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicio o representación de la municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario", la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, la Ley N° 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios; Que, señala el artículo 24° primer párrafo de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en caso de ausencia o vacancia del alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo se dio a conocer que mediante Carta de fecha 02 de mayo de 2019, el Gerente Regional de Desarrollo Urbano y Gestión de Riesgo de Desastre del Banco Mundial, invita al Señor Alcalde de la Municipalidad de Breña para su participación en el "Taller para la Planificación de la Resiliencia" en el marco del Proyecto Nacional de Catastro Urbano y Apoyo Municipal, organizada por el Banco Mundial, la misma que se llevara a cabo en Madrid, España del 06 al 14 de julio del presente año; asimismo, se advierte que los gastos de pasajes aéreos, alimentación y hospedaje serán

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero del señor José Dalton Li Bravo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, para participar en el "Taller para la Planificación de la Resiliencia" en el marco del Proyecto Nacional de Catastro Urbano y Apoyo Municipal, organizada por el Banco Mundial, a realizarse en Madrid, España del 06 al 14 de julio de 2019. Artículo Segundo.- Que la presente autorización al exterior no irrogará gasto alguno al presupuesto de la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Tercero.- ENCARGAR a partir del sábado 06 al domingo 14 de julio del 2019, el despacho de alcaldía al Regidor Manuel Humberto Velasco Wu, Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaría General el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Subgerencia de Estadística e Informática en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1784935-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Disponen el embanderamiento general de viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2019/MDLM La Molina, 1 de julio del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de julio se celebra el 198° Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú; Que, es necesario resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.