TEXTO PAGINA: 71
71 Viernes 5 de julio de 2019 El Peruano / SUPUESTO DE HECHO DEL TIPO INFRACTORSANCIÓN NO MONETARIA (Amonestación)SANCIÓN MONETARIA (0.10 hasta 5000 UIT) SUBSANABLE/FORMA DE SUBSANAR 28Ceder o transferir a terceros la titularidad de titulos de habilitantes cuando no esté permitido por la legislacion o no se cuente con la autorización de la autoridad competente.No Hasta 5000 UIT − 29No entregar o presentar información o documentación legalmente exigible, en el plazo previsto o cuando la autoridad competente lo requiera.Si Hasta 5000 UITSi/Entregar la información o documentación 30Incumplir con las obligaciones legalmente establecidas en los títulos habilitantes, planes de manejo u otros actos administrativos, diferentes a las causales de caducidad.Si Hasta 5000 UITSi/Cumplir con la obligacion en caso corresponda 31No mantener vigente la garantía de fi el cumplimiento.Si Hasta 5000 UITSi/Presentar la garantía de fi el cumplimiento 32No reportar ante la autoridad competente el transporte del producto forestal, durante la vigencia del plan de manejo aprobado.Si Hasta 5000 UIT − 33 Introducir especies exóticas al medio natural, sin autorización. No Hasta 5000 UIT − ANEXO 2 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE FAUNA SILVESTRE, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 019-2015-MINAGRI SUPUESTO DE HECHO DEL TIPO INFRACTOR SANCIÓN NO MONETARIA (Amonestación)SANCIÓN MONETARIA (0.10 hasta 5000 UIT) SUBSANABLE/FORMA DE SUBSANAR 1Comprar, ofrecer para la venta, vender, transformar, almacenar, exportar, importar y/o poseer especímenes, productos y/o subproductos de fauna silvestre de origen ilegal.No Hasta 5000 UIT − 2Transportar especímenes, productos o sub productos de fauna silvestre, sin portar los documentos que amparen su movilización.No Hasta 5000 UIT − 3Exportar, importar o reexportar especímenes, productos o subproductos de fauna silvestre sin contar con el permiso correspondiente.No Hasta 5000 UIT − 4Realizar investigación cientí fi ca o estudios del Patrimonio, sin la correspondiente autorización. Si, sólo cuando se realiza sin colecta.Hasta 5000 UITSi, sólo cuando se realiza sin colecta/Presentar solicitud de autorización. 5Destruir, retirar o alterar los linderos, hitos u otras señales colocados por la ARFFS, el SERFOR o los titulares de los títulos habilitantes, que permitan identi fi car el área del título habilitante.No Hasta 5000 UIT − 6No establecer o no mantener los linderos, hitos u otras señales que permitan identi fi car el area del título habilitante.Si Hasta 5000 UITSi/Establecer los linderos, hitos u otras señales. 7Cazar, capturar o colectar recursos de fauna silvestre, sin contar con la autorización correspondiente, a excepción de los aprovechados por subsistencia.No Hasta 5000 UIT − 8Impedir, obstaculizar y/o di fi cultar el desarrollo de las funciones de la autoridad competente en el ejercicio de la función de control, supervisión o fi scalización, así como el ejercicio de la potestad sancionadora.No Hasta 5000 UIT − 9Impedir, obstaculizar y/o di fi cultar el acceso al área del título habilitantes o el desarrollo de las actividades de aprovechamiento por parte del titular.No Hasta 5000 UIT − 10Elaborar y/o suscribir documentos que contengan informacion falsa o adulterada, presentada ante la autoridad competente.No Hasta 5000 UIT − 11 Presentar o usar información o documentación falsa o adulterada. No Hasta 5000 UIT − 12Incumplir con la implementación de las medidas correctivas y/o provisorias y/o mandatos dispuestas por la autoridad competente. Si Hasta 5000 UITSi, sólo para el incumplimiento de medidas correctivas o mandatos/Implementar la medida correctiva o mandato. 13Utilizar indebidamente o facilitar la guía de transporte de fauna silvestre, así como la documentación otorgada o aprobada por la autoridad forestal y de fauna silvestre competente, para amparar la extracción, caza, captura, transporte, transformación, almacenamiento o comercialización de los especimenes, productos o sub productos de fauna silvestre obtenidos ilegalmente.No Hasta 5000 UIT − 14Permitir el ingreso de terceros al área del titulo habilitante para realizar actividades no autorizadas.No Hasta 5000 UIT _ 15No tener libro de operaciones o no registrar la información en dicho libro, de acuerdo a las disposiciones establecidas.Si, sólo en caso de no haber registrado la información pero se cuenta con la documentación de respaldo.Hasta 5000 UITSi, sólo en caso de no haber registrado la información pero se cuenta con la documentación de respaldo/Actualizar el libro de operaciones. 16Incumplir con la identi fi cación y/o marcado de los especímenes de fauna silvestre, segun corresponda.Si Hasta 5000 UIT − 17Falsi fi car o adulterar los códigos de identi fi cación individual de los especímenes de fauna silvestre registrados ante la autoridad competente.No Hasta 5000 UIT −PROYECTO