Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 2 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Modifican la R.S. N° 013-2019-PCM mediante la cual se autorizó viaje del Ministro de Cultura a Portugal y España
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 017-2019-PCM Lima, 1 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N° 30917 se autorizó al señor Presidente de la República para salir del territorio nacional del 24 de febrero al 3 de marzo de 2019, con el objeto de viajar a las ciudades de Lisboa y Madrid, con la finalidad de realizar visitas de Estado a la República Portuguesa y al Reino de España; ocasión con la cual se busca promover a nuestro país como un destino de oportunidades para las inversiones, el turismo y la cultura; Que, con la Resolución Suprema N° 013-2019-PCM se autorizó el viaje del señor Rogers Martin Valencia Espinoza, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 24 de febrero al 3 de marzo de 2019, atendiendo a la temática y objetivos planteados para las actividades programadas en ambas ciudades; Que, conforme a los considerandos de la Resolución Suprema N° 013-2019-PCM, el traslado de ida y retorno al territorio nacional se realizaría en el avión presidencial peruano; en atención a ello, en el artículo 2 de la citada resolución suprema se consideró gastos de pasajes aéreos de Lisboa a Madrid por la suma de US$ 283.90; Que, el Ministerio de Cultura lidera la organización, coordinación, planteamiento temático y conceptual de la participación de la República del Perú en la "Feria Internacional de Arte Contemporáneo ­ ARCOmadrid 2019", así como la promoción de alianzas con otras instituciones que en la ciudad de Madrid puedan albergar exposiciones peruanas; motivo por el cual, resulta necesaria la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Cultura en representación de la República del Perú en el precitado evento, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, con el fin fundamental de promover las industrias culturales y las artes contemporáneas del Perú, insertándola en el mercado internacional, al mismo tiempo contribuir al posicionamiento del país en la élite global de las artes visuales y difusión de su creación artística y cultural; Que, en ese sentido, debido a que el señor Presidente de la República ha previsto retornar al país antes de la fecha inicialmente programada, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Cultura no podrá retornar al país en el avión presidencial peruano; motivo por el cual, resulta necesario adquirir en el más breve plazo, su pasaje de retorno al país, considerando que el día viernes 1 de marzo de 2019, participará en las actividades y eventos conexos a la Feria Internacional de Arte Contemporáneo ­ ARCOmadrid, las mismas que enfatizarán el compromiso del Gobierno Peruano con la preservación, conservación y difusión de los bienes que conforman el patrimonio cultural de la Nación, lo que resulta de importancia e interés nacional; Que, por lo tanto, corresponde modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 013-2019-PCM, a fin de considerar gastos por concepto de pasaje aéreo de retorno al territorio nacional del Ministro de Estado en el Despacho de Cultura (Madrid ­ Lima); los mismos que serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158­Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619­Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 013-2019-PCM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasaje aéreo, tarifa económica (incluido TUUA) : US$ 283.90 (Lisboa-Madrid) Pasaje aéreo, tarifa económica (incluido TUUA) : US$ 2,187.10 (Madrid-Lima) Viáticos (x 06 días) : US$ 1,296.00 -------------------TOTAL: US$ 3 767.00" Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio de Cultura 1746124-2

Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Tailandia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-2019-PCM Lima, 28 de febrero de 2019 VISTA: La Carta N° 139-2019/PRE-INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); el Indecopi es un organismo público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores, además de fomentar en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual, desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el literal g) del numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM; el Indecopi tiene entre sus funciones administrar el sistema de otorgamiento y protección de los derechos de propiedad intelectual en todas sus manifestaciones; Que, en el marco de la defensa internacional de la denominación de origen Pisco que el Estado Peruano promueve constantemente, mediante Oficio RE (DNE)-1-

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