Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de marzo de 2019 /

El Peruano

0-H/X2, el Ministerio de Relaciones Exteriores, informó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que se viene tramitando un proceso contencioso administrativo ante la Corte Especializada en Propiedad Intelectual del Reino de Tailandia, con la finalidad de impugnar la resolución emitida por el Comité de Indicaciones Geográficas que declaró infundada la oposición formulada por el Estado Peruano y otorgó el registro de la indicación geográfica "Pisco Chile" a favor de la Asociación de Productores de Pisco A.G., de la República de Chile; Que, en el marco del referido proceso contencioso administrativo, el 08 de marzo de 2019, se llevará a cabo la audiencia probatoria ante la Corte Especializada en Propiedad Intelectual del Reino de Tailandia a fin de sustentar los argumentos de la defensa de la República del Perú que acreditan el origen peruano de la denominación de origen Pisco; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores en el contenido del Oficio RE (DNE)-1-0-H/X2 solicitó la participación de un funcionario del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en su condición de entidad que gestiona y regula las denominaciones de origen en el Perú, con la finalidad de esclarecer el origen de la denominación en cuestión y demostrar la relevancia que tiene para el Perú la protección de nuestra bebida de bandera, así como para intervenir en la Audiencia probatoria ante la Corte Especializada en Propiedad Intelectual del Reino de Tailandia que se llevará a cabo el 08 de marzo de 2019, en Bangkok, Reino de Tailandia; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del señor Sergio Jean Piere Chuez Salazar, Subdirector de la Dirección de Signos Distintivos de Indecopi, para participar en la mencionada audiencia probatoria, y pueda intervenir expresando el apoyo del Indecopi en la defensa del derecho exclusivo sobre la denominación de origen Pisco para que la Corte cuente con mayores alcances en relación al origen del Pisco, la regulación internacional de la referida denominación de origen y porqué resulta importante su protección, considerando que la defensa internacional de la denominación de origen Pisco constituye una prioridad para el Estado Peruano. Asimismo, el mencionado funcionario participará en la reunión de coordinación a realizarse el 07 de marzo de 2019, con funcionarios de la Embajada del Perú en Bangkok, Reino de Tailandia y el Estudio de abogados Vidon & Partners, a efectos de plantear la estrategia en el mencionado caso; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Sergio Jean Piere Chuez Salazar, Subdirector de la Dirección de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), del 04 al 10 de marzo de 2019, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de

la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes: - Viáticos: US $ 500 x 3 (1+2) US $ 5 672,55 US $ 1 500,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1745456-1

Autorizan viaje de asesora de la Secretaría de Integridad Pública a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2019-PCM Lima, 1 de marzo de 2019 VISTO: El Memorando Nº D000069-2019-PCM-SIP de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante los correos electrónicos de 7 y 12 de febrero de 2019, la Secretaría de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) remitió la agenda de reuniones del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE, que se llevarán a cabo del 04 al 07 de marzo de 2019 en la ciudad de París, República Francesa; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 086-2015PCM declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) e Implementación del Programa País; el cual establece el detalle de las actividades que se desarrollan a partir de los compromisos asumidos respecto a tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad de sectores tales como el de gobernanza pública, ii) la adhesión a prácticas, estándares e instrumentos legales internacionales; y iii) la participación en las sesiones de diversos comités, foros y grupos de trabajo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); Que, la Convención Anticohecho de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es el primer y único instrumento internacional anticorrupción que se enfoca en el lado "oferente" de la corrupción, es decir la persona o entidad que ofrece, promete u otorga una dádiva. Este preciso enfoque ha permitido a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) convertirse en la autoridad más destacada del mundo contra el cohecho en transacciones comerciales internacionales, y a la cual fue invitado el Perú el 27 de mayo de 2016, logrando su adhesión oficial a la misma en mayo del 2018; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés nacional, la participación de la señora Mariella Lenkiza Valcarcel Angulo, asesora de la Secretaría de Integridad Pública, máxime si se tiene en cuenta las acciones que desde la Secretaría de Integridad Pública se vienen realizando para el fortalecimiento de la integridad y la lucha contra la corrupción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley

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