Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de marzo de 2019 /

El Peruano

Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619­ Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez FAP SEBASTIAN ORLANDO RAMIREZ ARANDA, identificado con NSA O-9793210 y DNI: 74095160, para participar en el Curso de Especialización en Ingeniería de Armamento Aéreo (CEEAA), a desarrollarse en el Instituto Tecnológico de Aeronáutica (ITA), ubicada en la ciudad de Sao José dos Campos, Estado de Sao Paulo­República Federativa de Brasil, del 06 de marzo al 14 de diciembre de 2019; así como su salida el 05 de marzo de 2019 y retorno el 15 de diciembre de 2019. Artículo 2º.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima ­ Sao Paulo (República Federativa de Brasil)­Lima US $ 1,226.77 x 01 persona (Incluye TUUA) = US Gastos de traslado Ida y Retorno (EquipajeBagaje e Instalación) R$ 12,910.33 x 2 x 01 persona = R$ 25,820.66 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero R$ 12,910.33 / 31 x 26 días x 01 persona = R$ 10,827.96 R$ 12,910.33 x 8 meses x 01 persona = R$ 103,282.64 R$ 12,910.33 / 31 x 14 días x 01 persona = R$ 5,830.44 -----------------------Total a pagar = R$ 145,761.70 Artículo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha

26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.-El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1745760-2

Autorizan viaje de oficial del Ejército Peruano a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0236-2019 DE/EP Jesús María, 26 de febrero de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 036/DRIE/SECC RESOL del 07 de febrero de 2019, del Comandante General del Ejército; y el Dictamen N° 382-2019/OAJE/L-1, del 07 de febrero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje Administrativo N° 13/2019-SCI-SCAI/CAE/EMCFA del 01 de febrero de 2019, el Agregado de Defensa y Militar del Perú en Brasil, comunica la invitación para que un (01) Oficial Superior del grado de Coronel del Ejército del Perú, participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia (CAEPE), mencionando a la vez que dicho Oficial Superior se deberá de encontrar en el campus de la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Brasil el 18 de febrero de 2019; Que, conforme al Currículum del Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia (CAEPE), el Ejército de Brasil informa que el mencionado Curso se realizará en la Escuela Superior de Guerra ­ Río de Janeiro, en el periodo comprendido del 18 de febrero de 2019 al 06 de diciembre de 2019, y que los gastos de pasaje internacional, alimentación y hospedaje serán a cuenta del Ejército visitante; Que, con Hoja de Recomendación N° 005/U-4.b.1/05.00 del 04 de febrero de 2019, el Comandante General del Ejército propuso la designación del Coronel EP Emilio Fernando COHAYLA LINARES, para participar como alumno del Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia (CAEPE), en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Brasil, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 18 de febrero al 06 de diciembre de 2019; Que, con Oficio N° 123/AGRMIL PERU-BRASIL/ W-c.3.4 del 07 de febrero de 2019, el Agregado de Defensa y Militar del Perú en Brasil, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército; que, el Ministerio de Defensa de Brasil amplió la fecha para la

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