Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

NORMAS LEGALES

Martes 12 de marzo de 2019 /

El Peruano

Ordenanza Nº 003-2019/MDRP.- Otorgan amnistía por deudas tributarias y arbitrios municipales "Paga tus impuestos y ponte al día 2019" 112

SEPARATA ESPECIAL
ECONOMIA Y FINANZAS R.M. Nº 104-2019-EF/50.- Aprueban montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal durante el año 2019 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO R.M. Nº 083-2019-VIVIENDA.- Norma Técnica EM.010 "Instalaciones eléctricas interiores" del Reglamento Nacional de Edificaciones R.M. Nº 084-2019-VIVIENDA.- Norma Técnica EM.070 "Transporte mecánico" del numeral III.4 Instalaciones eléctricas y mecánicas, del Título III Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones

Acuerdo Nº 008-2019-GRU-CR.- Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República 110

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA Ordenanza Nº 001-2019/MDRP.Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama de la Municipalidad 111

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que establece el monto máximo para atender las Operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional Regional y Local
DECRETO SUPREMO Nº 047-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, durante el Año Fiscal 2019, cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias financieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada Ley Anual de Presupuesto; Que, en el marco de la referida norma, el Ministerio de Defensa ha solicitado a la Presidencia del Consejo de Ministros disponer las acciones correspondientes a fin que se emita el Decreto Supremo referido en el considerando precedente, para el Año Fiscal 2019, informando que dicho Sector ha destinado la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 54 438,00), para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Regional y Local;

De conformidad a lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. DECRETA: Artículo 1.-. Objeto Establecer el monto máximo de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 54 438,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el Año Fiscal 2019. Artículo 2.- Financiamiento El costo que irrogue el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional autorizado del Pliego 026: Ministerio de Defensa para las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios, según lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1748808-1

Aceptan renuncia de Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 022-2019-PCM Lima, 11 de marzo de 2019

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