Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 12 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0296-2019 DE/MGP Lima, 7 de marzo de 2019 Vista, la Carta G.500-1036 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 26 de febrero del 2019; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, tiene como función velar por la seguridad y protección de la vida humana, prevenir y combatir la contaminación del medio ambiente, reprimir las actividades ilícitas que se desarrollan en el medio acuático, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1147, Decreto Legislativo que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional Dirección General de Capitanías y Guardacostas; siendo el Centro de Información Marítima el responsable de obtener y procesar información sobre las actividades ilícitas que se desarrollan en el ámbito de jurisdicción de dicha Dirección General en apoyo a las operaciones de represión e interdicción realizadas por la autoridad marítima; Que, en el Acta de la XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, realizada en la Ciudad de Santiago de Guayaquil, República del Ecuador, del 27 al 31 de agosto del 2018, en el Anexo "B" Acuerdos de Cooperación Binacional, Acuerdo A-2-XIII-18, se estableció que ambas Armadas acuerdan el intercambio de Personal Naval en el Centro de Información Marítima del Perú y el Centro de Operaciones Guardacostas de la Armada del Ecuador, hasta por el período de una (1) semana; Que, en relación a la referida acta, mediante Carta S/N de fecha 29 de noviembre del 2018, el Comandante General de la Armada del Ecuador ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que una (1) delegación del Centro de Información Marítima de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, realice una visita profesional a las instalaciones del Centro de Operaciones Guardacostas de la Armada del Ecuador, en la Ciudad de Santiago de Guayaquil, República del Ecuador, del 13 al 15 de marzo del 2019; Que, con Carta V.200-1532 de fecha 26 de diciembre del 2018, el Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Comandante General de la Armada del Ecuador por la invitación antes mencionada, indicando que ha sido aceptada; asimismo, ha considerado la participación de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, cuyos nombres serán remitidos oportunamente; Que, con Oficio P.1000-149 de fecha 24 de enero del 2019, el Director General de Capitanías y Guardacostas propone al Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA Montoya y al Oficial de Mar 3º Eco. Denis Anthony FARROÑAN Asalde, para que participen en representación de la Autoridad Marítima Nacional en la mencionada visita profesional; lo que permitirá conocer las metodologías, implementación de los procedimientos y mecanismos que cuenta el Sistema de Gestión Marítima y Portuaria del Ecuador; así como, intercambiar información y conocimientos en el ámbito del control de naves y monitoreo de las embarcaciones que operan en la línea de frontera marítima y fluvial; Que, de acuerdo con el Documento Nº 026-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes

aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA Montoya, CIP. 00922122, DNI. 43844035 y del Oficial de Mar 3º Eco. Denis Anthony FARROÑAN Asalde, CIP. 01119394, DNI. 73026062, para que realicen una visita profesional a las instalaciones del Centro de Operaciones Guardacostas de la Armada del Ecuador, en la Ciudad de Santiago de Guayaquil, República del Ecuador, del 13 al 15 de marzo del 2019; así como, autorizar su salida del país el 12 y su retorno el 16 de marzo del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Guayaquil (República del Ecuador) - Lima US$ 1,000.00 x 2 personas US$ 2,000.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días TOTAL A PAGAR: US$ 2,220.00 US$ 4,220.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1748500-1

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