Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 14 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

9

de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación; los gastos que genere el viaje para asistir a la referida reunión serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica Para Todos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año fiscal 2019 establece que durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Secretaría de Planificación Estratégica, la Secretaría General, la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, "Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Coordinador Técnico de Evaluaciones Internacionales de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Viena, República de Austria, del 16 al 23 de marzo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación­Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica Para Todos, de acuerdo al siguiente detalle: JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ Viáticos : US$ (06 días ­ US $ 540,00 x día) 2 449,13 3 240,00

Aprueban Bases Generales y Específicas Deportivas y Paradeportivas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2019
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 052-2019-MINEDU Lima, 11 de marzo de 2019 VISTOS, el Expediente 0044681-2019, el Informe Nº 001-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-AJGA de la Dirección de Educación Física y Deporte dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular y el Informe Nº 00243-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de conformidad con el literal f) del artículo 21 de la precitada Ley, modificado por el artículo 6 de la Ley Nº 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública, es una función del Estado, garantizar la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas con la finalidad de prevenir situaciones de riesgo de los estudiantes; Que, en el anexo 5 referido a las fechas y actividades relevantes del año escolar 2019 de la Norma Técnica denominada "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobada por Resolución Ministerial N° 712-2018-MINEDU y modificada por Resolución Viceministerial Nº 031-2019-MINEDU, se considera, entre otros, a los Juegos Deportivos Escolares Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 297-2019-MINEDU/VMGPDIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 001-2019-MINEDU/VMGPDIGEBR-DEFID, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte, mediante el cual se sustenta la necesidad de aprobar las Bases Generales y Específicas Deportivas y Paradeportivas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2019, las mismas que contienen las disposiciones bajo las cuales se deberán desarrollar los referidos Juegos; Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases Generales y Específicas Deportivas y Paradeportivas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2019, las mismas que como anexos forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el cumplimiento de las Bases Generales y Específicas Deportivas y Paradeportivas de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2019.

Artículo 3.- Disponer que el profesional citado en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultado del evento, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1749742-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.