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19 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2019 El Peruano / Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adjunta el Informe Técnico N° 020-2019-MTPE/4/9.3 de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 131-2019-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y emite opinión favorable, recomendando continuar con el trámite de la resolución ministerial respectiva; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente resolución ministerial, mediante el Informe N° 646-2019-MTPE/4/8, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable y recomienda continuar con el trámite de la resolución ministerial que aprueba las modi fi caciones propuestas al Manual de Operaciones del Programa; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catoria; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de los artículos 2, 6, 7, 8, 10, 21, 22, 23, 24, 26 y 29 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 2.- Objetivo del Programa(…)Asimismo, fi nancia actividades de intervención inmediata intensiva en mano de obra no cali fi cada (MONC), ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia .” “Artículo 6.- Líneas de Acción (…) a) Generación de Empleo Temporal: Comprende los servicios orientados a la generación de empleo temporal en zonas de pobreza y extrema pobreza, a través del desarrollo de proyectos de inversión pública en infraestructura básica, social y económica, generadores de empleo temporal, intensivos en uso de MONC, así como del fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata intensiva en el uso de MONC, conducentes a la generación de empleo ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia . (…)” “Artículo 7.- Modalidades de Acceso al Programa Las modalidades de acceso al Programa son las siguientes: (…) b) No Concursables: Contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fi n apruebe el Programa, en los cuales, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad contempla la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura básica, social y económica, para la generación de empleo en situaciones de desastres naturales, emergencias, entre otras. c) Actividades de Intervención Inmediata: Esta modalidad de acceso implica asignar recursos para la realización de actividades conducentes a la generación de empleo ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia ; y según los lineamientos que para este fi n apruebe el Programa, en los cuales, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos excepcionales. ” “Artículo 8.- Organismos con responsabilidades respecto del Programa (…)e) El Programa también interactúa con los organismos públicos que demanden una actividad de intervención inmediata, ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia .” “Artículo 10.- Funciones del Programa(…)j) Financiar o co fi nanciar actividades de intervención inmediata intensiva en mano de obra no cali fi cada (MONC), ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia, requeridos por los gobiernos subnacionales. (…) ” “Artículo 21.- Unidad Gerencial de Proyectos(…)Asimismo, es responsable de diseñar, programar, ejecutar, coordinar y supervisar el desarrollo de acciones relacionadas a las actividades de intervención inmediata, ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia . (…) ” “Artículo 22.- Funciones de la Unidad Gerencial de Proyectos (…)n) Formular y supervisar los procesos de asistencia técnica, así como, los procesos de supervisión y de rendición de cuentas (informe técnico – fi nanciero) de las acciones relacionadas a las actividades de intervención inmediata intensiva en mano de obra no cali fi cada (MONC), ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia, así como los documentos técnicos que se requiera sobre tal intervención . (…)” “Artículo 23.- Unidad Gerencial de Promoción La Unidad Gerencial de Promoción, es el órgano de línea responsable de diseñar y ejecutar las estrategias y procesos orientados a la promoción de las distintas modalidades de intervención y acceso al Programa, para el desarrollo de proyectos de inversión pública en infraestructura básica, social y económica generadores de empleo temporal, intensivos en uso de MONC y en relación a las actividades de intervención inmediata ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia . (…)” “Artículo 24.- Funciones de la Unidad Gerencial de Promoción (…)v) Diseñar y promover estrategias de promoción en relación a actividades de intervención inmediata,