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23 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2019 El Peruano / Artículo 3. Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bn.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1749407-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Disponen la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco –VRAEM y autorizan la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay de la Oficina Zonal San Francisco de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 031-2019-DV-PE Lima, 13 de marzo de 2019VISTOS:El Informe N° 000007-2019-DV-OZSFCO y el Informe N° 000008-2019-DV-OZSFCO de la O fi cina Zonal de San Francisco, el Informe N° 000004-2019-DV-OZQ de la O fi cina Zonal de Quillabamba, el Memorando N° 000094-2019-DV-DATE e Informe N° 000083-2019-DV-DATE de la Dirección de Articulación Territorial, el Proveído N° 000419-DV-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000021-2019-DV-OPP-UPLA de la Unidad de Planeamiento de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000073-2018-DV-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1241 se determina las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, los literales a), b) y c) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1241, establecen como funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y sus delitos conexos, y formular diseñar y promover la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, así como coordinar y articular espacios multisectoriales para promover acciones en cumplimiento a lo dispuesto en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas –ENLCD; Que, mediante Decreto Supremo N° 061-2017-PCM de fecha 31 de mayo de 2017, se aprobó la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, con la fi nalidad de armonizar los esfuerzos y encaminar las acciones a las metas de fi nidas, garantizando la unidad e integridad del Estado en el marco de la Política Nacional de Lucha contras las Drogas; Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2018-PCM de fecha 12 de octubre de 2018, se aprobó el Plan Multisectorial “Estrategia de Intervención para el Desarrollo del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro –Estrategia VRAEM 2021”; se dispuso la fusión por absorción de la Comisión Multisectorial para la Paci fi cación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro –CODEVRAEM y la Comisión Multisectorial para la Paci fi cación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga (CODEHUALLAGA), en la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas –DEVIDA; encargándosele a DEVIDA la responsabilidad de coordinar las acciones que lleven a cabo las entidades del Poder Ejecutivo en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro en el ámbito de sus competencias, con el objeto de proponer políticas, planes, proyectos, programas, actividades y estrategias de intervención integrales en el indicado ámbito geográ fi co, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados; Que, el artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, establece que las O fi cinas Zonales son los Órganos Desconcentrados de la Entidad, con dependencia de la Dirección de Articulación Territorial y tienen la responsabilidad de articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y sociedad civil, los proyectos de inversión pública y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas y otras actividades que contribuyan al logro de los objetivos de lucha contra las drogas, así como ejecutar sus actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos correspondientes; Que, el literal m) del artículo 51 del referido Reglamento de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, señala como función de las O fi cinas Zonales, la de elaborar propuesta de modi fi cación de los ámbitos geográ fi cos de su jurisdicción o la creación, fusión y cierre de dichas o fi cinas, propuestas que requieren del Informe Técnico sustentatorio de la Unidad de Planeamiento de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conforme a sus facultades contempladas en el literal g) del artículo 22 del citado Reglamento; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 054-2015-DV-PE de fecha 22 de mayo de 2015, se formaliza la O fi cina de Coordinación San Francisco – VRAEM, en el ámbito del Departamento de Ayacucho, con sede en la ciudad de San Francisco, distrito de Ayna, la cual depende administrativa, funcional, presupuestal y fi nancieramente de la O fi cina Zonal San Francisco, a fi n que realice las actividades de apoyo a la gestión institucional en el ámbito de los departamentos de Ayacucho y Cusco; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 085-2017-DV-PE de fecha 21 de julio de 2017, se delimitó el ámbito geográ fi co de intervención de la O fi cina Zonal de San Francisco de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, integrada por: (i) Región Ayacucho (05 provincias y 39 distritos); (ii) Región Apurímac (02 provincias y 18) distritos; (iii) Región Cusco (01 provincia y 04 distritos); (iv) Región Huancavelica (02 provincias y 03 distritos); y (v) Región Junín (01 provincia y 01 distrito); Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 016-2018-DV-PE de fecha 27 de febrero de 2018, se aprueba la organización funcional de las O fi cinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas –DEVIDA; Que, mediante Informes N° 000007-2019-DV- OZSFCO y N° 000008-2019-DV-OZSFCO, ambos de fecha 15 de febrero de 2019, la O fi cina Zonal de San Francisco propone la creación de la O fi cina de Coordinación Anchihuay con sede en el distrito del mismo nombre, así como también la modi fi cación del ámbito geográ fi co de intervención de la O fi cina de Coordinación San Francisco –VRAEM; toda vez que: i) Contribuye a fortalecer la presencia institucional de DEVIDA en los diferentes ámbitos de intervención de la O fi cina Zonal, ii) Promueve la coordinación interinstitucional, estableciendo relaciones con diversos actores públicos y de la sociedad civil, involucrados en la lucha contra la drogas, a fi n de proteger a la sociedad de los efectos negativos del trá fi co ilícito y el consumo de drogas, iii) Promueve la articulación de las actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos priorizados, iv) Promueve el desarrollo integral y sostenible en coordinación con los Sectores competentes,