Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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Viáticos nacionales (tránsito) dos (2) días Seguro Integral de Viaje Internacional.

NORMAS LEGALES

Sábado 11 de mayo de 2019 /

El Peruano

KATIA ROXANA REVOLLAR FLOREZ, REGIDORA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO: Boleto aéreo de ruta nacional económico Cusco - Lima - Cusco Boleto aéreo de ruta internacional económico Lima Guayaquil - Lima Viáticos nacionales (tránsito) dos (2) días Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal N° 058-04-MC, de fecha 14 de junio de 2004, el señor Víctor Germán Boluarte Medina - Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco y los señores Marco Antonio Marroquín Muñiz y Katia Roxana Revollar Florez, Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; debiendo además, efectuar la rendición de los gastos irrogados dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR C. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1766537-1

Autorizan participación de alcalde en evento que se llevará a cabo en Panamá
ACUERDO MUNICIPAL Nº 018-2019-MPC Cusco, 20 de marzo de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 20 de marzo de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Decreto Supremo Nº 007­2013­EF, regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional de servidores y funcionarios públicos, entre ellos autoridades como alcaldes y regidores; Que, mediante Directiva Nº 002­2011­OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 ­ 2011 ­ MPC,

se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, mediante documento Ref. ISDR / OUT / 2019 / 00755, Raúl Salazar, Jefe de la Oficina Regional para las Américas y el Caribe, de la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres, con fecha 20 de marzo de 2019, hace llegar la invitación al señor Víctor Germán Boluarte Medina ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el "Diálogo sobre el rol de los gobiernos locales en la reducción del riesgo de desastres en las Américas y los avances hacia el cumplimiento de la Meta E del marco de Sendai", a desarrollarse en la ciudad de Panamá entre los días 26 y 27 de marzo de 2019, siendo que todos los gastos de alojamiento, participación y pasajes aéreos entre Guayaquil a Panamá y viceversa serán cubiertos por los organizadores como parte de una beca integral; Que, previamente en fecha 13 de marzo de 2019, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, se debatió y aprobó la participación del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, en "La Misión Internacional de Ciudades Inteligentes", a realizarse los días 25, 26, 27 y 28 de marzo del presente, en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, organizado por la CIT Perú, plasmándose en el Acuerdo Municipal Nº 014 ­ 2019 MPC; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 20 de marzo de 2019, se dio cuenta de dicha invitación en el evento a desarrollarse en la ciudad de Panamá, para posteriormente se pasó a debatir y aprobar la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y autorizar la participación del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, para trasladarse desde Guayaquil ­ Ecuador hasta Panamá y viceversa; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, siendo el Cusco, una ciudad con altos niveles de riesgos de desastres y con importante experiencia en la prevención de los mismos, es preciso compartirlos con otras entidades de ciudades hermanas del continente americano en la ruta del cumplimiento de la Meta E del marco de Sendai 2015 ­ 2030, entendido como el instrumento sucesor del Marco de Hyogo para 2005 ­ 2015, que se basó en elementos que garantizan la continuidad del trabajo hecho por los Estados y otras partes interesadas en relación a la necesidad de comprender mejor el riesgo de desastres; el fortalecimiento de la gobernanza del riesgo de desastres; la necesidad de prepararse para la reconstrucción; la movilización de inversiones que tengan en cuenta los riesgos a fin de impedir la aparición de nuevos riesgos; la resiliencia de la infraestructura sanitaria y del patrimonio cultural entre otros, aspectos vigentes y cuyas experiencias de parte de la Capital Histórica del Perú, es preciso intercambiar; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el "Diálogo sobre el rol de los gobiernos locales en la reducción del riesgo de desastres en las Américas y los avances hacia el cumplimiento de la Meta E del marco de Sendai", a desarrollarse en la ciudad de Panamá entre los días 26 y 27 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación del señor Víctor Germán Boluarte Medina ­ Alcalde de la

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