Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2019 (13/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 13 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Directora de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2019 MTC/01 Lima, 10 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Cynthia Ruth Flores Huamaní, en el cargo de Directora de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1768398-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Formalizan aprobación del "Plan Estratégico Institucional - PEI 2020-2022 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN"
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 53-2019 Lima, 8 de mayo de 2019 VISTO, el Informe Nº 00031-2019/OPP, el Proveído Nº 00433-2019/SG y, el Informe Legal Nº 173-2019/OAJ; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones PúblicoPrivadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el primer párrafo del artículo 34 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los organismos públicos se sujetan a la supervisión y fiscalización de su sector para verificar el cumplimiento de los objetivos de la entidad, mediante los instrumentos previstos en las normas de la materia; y que todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional; Que, de acuerdo con el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, siendo sus competencias de alcance nacional y constituyendo un pliego presupuestario; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, aprobó la "Guía para el Planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del PEI y el POI; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 411-2016EF/41, el Ministerio de Economía y Finanzas -MEF aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Economía y Finanzas para el periodo 20172021; actualizando sus metas al 2022 con Resolución Ministerial Nº 081-2019-EF/41; Que, mediante Oficio Nº 041-2019-EF/41.02, la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 082-2019EF/41.02, validando la consistencia y coherencia del proyecto de Plan Estratégico Institucional ­ PEI 20202022 de PROINVERSIÓN con las políticas y planes de competencia del sector Economía y Finanzas; Que, mediante Oficio Nº D000230-2019-CEPLANDNCP que contiene el Informe Técnico Nº D0001502019-CEPLAN/DNCPPEI de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, ha emitido opinión favorable sobre el proyecto de Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2020-2022 de PROINVERSIÓN; Que, el Plan Estratégico Institucional ­ PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben reflejar en resultados; Que, mediante Informe Nº 00031-2019/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que el proyecto de Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2020-2022, ha sido elaborado cumpliendo con los requisitos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, el literal p) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de aprobar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia; Estando a lo propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de

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