Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2019 (13/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 13 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Subvenciones y Financiamiento de la Oficina de Administración y Finanzas
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 102-2019-MINEDU/VMGI-PRONABEC Lima, 10 de mayo de 2019 VISTOS: El informe Nº 296-2019-MINEDU-VMGI-PRONABECOGTA de la Oficina de Gestión del Talento y demás recaudo que se acompañan al Expediente Nº 21144 (SIGEDO); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29837 se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo ­ PRONABEC, modificada por la Ley Nº 30281, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior, estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU de fecha 19 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo ­ PRONABEC; que establece en el artículo 10 que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad administrativa del Programa, responsable de la dirección y administración general y que entre sus funciones se encuentra, conforme al literal h) del artículo 11, designar y/o encargar a los funcionarios y/o funciones, según corresponda, de los cargos directivos del PRONABEC; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 267-2018-MINEDU de fecha 31 de mayo de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, en el cual el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Subvenciones y Finanzas de la Oficina de Administración y Finanzas del PRONABEC se encuentra calificado como de Libre Designación y Remoción;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 44-2019-MINEDU-VMGI-PRONABEC de fecha 28 de febrero de 2019, se dispuso la designación temporal de la servidora Carmen de Lourdes Biaggi Gómez de Velásquez para desempeñar las funciones del cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Subvenciones y Financiamiento de la Oficina de Administración y Finanzas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo ­ PRONABEC, en adición a sus funciones; Que, se estima pertinente dar por concluida la citada designación temporal, correspondiendo la designación del titular; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modificado por la Ley Nº 29849, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la servidora Carmen de Lourdes Biaggi Gómez de Velásquez, para desempeñar las funciones del cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Subvenciones y Financiamiento de la Oficina de Administración y Finanzas. Artículo 2.- Designar a la señora Carmen de Lourdes Biaggi Gómez de Velásquez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Subvenciones y Financiamiento de la Oficina de Administración y Finanzas. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Gestión del Talento, cumpla con notificar la presente resolución a los interesados. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el portal electrónico institucional del PRONABEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANDRO PARODI SIFUENTES Director Ejecutivo Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 1768191-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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