Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2019 (13/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES
Debe decir:

Lunes 13 de mayo de 2019 /

El Peruano

DEFENSA
Rectifican error material en el artículo 1 de la R.M Nº 0452-2019-DE/SG, en el extremo referido al cargo del representante titular del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0564-2019-DE/CCFFAA Jesús María, 6 de mayo de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 1757 CCFFAA/D-2/DCI del 26 de abril de 2019, del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y, el Oficio Nº 360-2019-MINDEF/ SG-OGAJ del 03 de mayo de 2019 de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0452-2019-DE/ SG del 04 de abril de 2019, se designó a los representantes del sector Defensa ante la Comisión Multisectorial para coadyuvar en las acciones materia de defensa, seguridad pública e inteligencia, antes, durante y después de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, en la citada Resolución Ministerial se consignó que el representante titular del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el Jefe del Departamento de Inteligencia de la 2da División de Estado Mayor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, siendo el cargo correcto Jefe del Departamento de Contrainteligencia de la 2da División de Estado Mayor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme se refiere en el Oficio del Visto; Que, al tratarse de un aspecto formal que no enerva el acto de designación contenido en el Resolución Ministerial Nº 0452-2019-DE/SG del 04 de abril de 2019, resulta de aplicación lo dispuesto en el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, mediante el cual se establece que los errores material o aritmético en los actos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, el numeral 212.2 de dicho dispositivo legal señala que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar, por error material, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0452-2019-DE/SG del 04 de abril de 2019, en el extremo referido al cargo del representante titular del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo siguiente: Dice: (...) - Jefe del Departamento de Inteligencia de la 2da División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (titular). (...)

(...) - Jefe del Departamento de Contrainteligencia de la 2da División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (titular). (...) Artículo 2.- Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial en el portal web del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1768312-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para financiar los gastos por el apoyo que brindan las fuerzas armadas a los Programas Nacionales Qali Warma, JUNTOS y PENSIÓN 65, durante el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2019-MIDIS Lima, 10 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 649-2019-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y su documentación adjunta; el Informe Nº 178-2019-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 426-2019-MIDIS/VMPS/DGACPS, emitido por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe Nº 19-2019-MIDIS/ SG/OGPPM/OP, emitido por la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 351-2018-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, correspondiente al Año Fiscal 2019, de conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone, durante el Año Fiscal 2019, que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente; para lo cual se señala que tal monto máximo se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final señala que las transferencias financieras a las que

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