Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Domingo 17 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Primero de la Ordenanza N° 503-MSI, respecto a la suspensión de la aplicación de las disposiciones del Título I "Disposiciones para promover la sostenibilidad de las zonas residenciales", del Título IV "Generación de Espacio Público" y del Título VI "Compensación por beneficios ambientales del arbolado urbano existente sobre propiedad privada", de la Norma SI04: Normativa para la mejora de la calidad urbana y edificatoria, del Reglamento Integrado Normativo - RIN del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 474-MSI. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento Urbano y la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www. munisanisidro.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los 13 días del mes de noviembre de 2019. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 1827573-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban Directiva para la realización de Trabajos Comunales en Coparticipación con los Comités de Gestión del Distrito de San Juan de Lurigancho y la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 239-2019-GM/MDSJL San Juan de Lurigancho, 7 de noviembre de 2019 EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 168-2019-GAJ/MDSJL de fecha 07 de noviembre de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoria Jurídica, sobre aprobación de directiva, y; CONSIDERANDO: Que, conforme se establece en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personería jurídica de derecho público y goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente; Que, de acuerdo a lo regulado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, lo cual se complementa con la finalidad de proceso de modernización de la gestión del Estado previsto en el Artículo 4 de la Ley Marco de modernización de la Gestión del Estado ­ Ley Nº 27658, que persigue la obtención de

mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, para lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, procurando alcanzar esencialmente un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, de conformidad a la previsto en el artículo 117º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con relación a los comités de gestión. Los vecinos tienen derecho de coparticipar, a través de sus representantes, en comités de gestión establecidos por resolución municipal para la ejecución de obras y gestiones de desarrollo económico; Cuya aplicación en nuestra Entidad debe adecuarse o estructurarse en una directiva con su necesidad y organización; Que, por medio de los Informes Nº 177 y 180-2019-GDUMDSJL de fechas 16 y 23 de octubre de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano presenta la propuesta de directiva denominada: "Participación y Ejecución de Obras Comunales a Través de la Coparticipación de los Comités de Gestión y la Municipalidad de San Juan de Lurigancho"; Que, mediante los Informes Nºs 188 y 193-2019-GDSGDE-MDSJL de la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres; los Informes Nºs 149 y 154-2019-GDSMDSJL de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 315-2019-SGOP-GDU-MDSJL de la Sub Gerencia de Obras Públicas; el Informe Nº 385-2019-SGPPGP-MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Planificación encargada de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional; y, el Informe Nº 249-2019-GAF-MDSJL de la Gerencia de Administración y Finanzas, las cuales se pronuncian sobre la procedencia de la presente directiva, con los aportes al respecto, dentro de ellos se propone el cambio de nombre a la directiva, la cual fue acogida por la gerencia municipal mediante el Memorando Nº 893-2019/GM-MDSJL, de fecha 30 de octubre de 2019, modificándose el nombre de la presente directiva por la siguiente denominación: "Directiva para la realización de Trabajos Comunales en Coparticipación con los Comités de Gestión del Distrito de San Juan de Lurigancho y La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho", y; Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 13062019-A/MDSJL de fecha 18 de octubre de 2019 y contando con el visto bueno de la Gerencia de Asesoria jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Riesgos y Desastres. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la DIRECTIVA Nº 001-2019-GM/MDSJL ­ "Directiva para la realización de Trabajos Comunales en Coparticipación con los Comités de Gestión del Distrito de San Juan de Lurigancho y la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho", la cual consta de diez (10) numerales, una (01) Disposición Complementaria y cinco (05) anexos. Artículo Segundo.- DISPONER a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el estricto cumplimiento del presente acto administrativo, Directiva Nº 001-2019-GM/MDSJL, de acuerdo a sus competencias establecidas en el ROF vigente de la MDSJL. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución y la Directiva Nº 001-2019-GM/ MDSJL, en el portal Institucional (w.w.wmunisjl.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. HERBERT H. FRITAS YAYA Gerente Municipal 1827677-1

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