Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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NORMAS LEGALES
Departamento San Martín

Domingo 17 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1827587-1

Aprueban modificación del Estatuto Social de la empresa Marsh Rehder S.A. Corredores de Seguros y cancelan inscripción de la empresa JLT Perú Corredores de Seguros S.A. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 5304-2019 Lima, 11 de noviembre de 2019 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa Marsh Rehder S.A. Corredores de Seguros con Registro Nº J-0045, para que se le autorice la modificación parcial de su Estatuto Social por aumento de capital social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas del 21 de octubre de 2019, se aprobó la Fusión por Absorción de Marsh Rehder S.A. Corredores de Seguros (empresa absorbente) con JLT Perú Corredores de Seguros S.A. (empresa absorbida), cuyo procedimiento se encuentra descrito en el Proyecto de Fusión; Que, como consecuencia de la citada reorganización societaria, se acordó modificar el Artículo Quinto del Estatuto Social como consecuencia del aumento del capital social de S/. 104'613,527.00 a la suma de S/. 132'359,022.00; Que, a la fecha de entrada en vigencia de la fusión, para todos los afectos legales se considera trasferida a Marsh Rehder S.A. Corredores de Seguros, en propiedad, a título universal y en bloque el patrimonio de JLT Perú Corredores de Seguros S.A.; lo cual a su vez tiene como consecuencia la extinción de la personería jurídica de la empresa absorbida de conformidad con lo establecido en el inciso 2) del artículo 344º de la Ley Nº 26887 ­ Ley General de Sociedades; Que, como consecuencia de la extinción de la empresa absorbida, la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas de la empresa JLT Perú Corredores de Seguros S.A., se cancelará en forma automática; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, sus modificatorias y en el TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar a partir del 01 de enero de 2020 la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social de la empresa Marsh Rehder

S.A. Corredores de Seguros, relativo al aumento del Capital Social de S/. 104'613,527.00 a la suma de S/. 132'359,022.00; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Artículo Segundo.- Cancelar a partir del 01 de enero de 2020 la inscripción de la empresa JLT Perú Corredores de Seguros S.A. con Registro Nº J-0387 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 1827537-1

Autorizan viaje de funcionario de la SBS a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 5407-2019 Lima, 14 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) y el Banco de México para participar como panelista en las sesiones: "Laboratorio de Educación Económico-Financiera" y "Rompiendo las Fronteras Tradicionales de la Educación Financiera" de la XI Conferencia y Coloquio sobre Educación e Inclusión Financiera para América Latina y el Caribe que se realizarán del 19 al 21 de noviembre de 2019 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objetivo analizar y discutir temas como iniciativas creativas e innovadoras como mecanismos de provisión de la educación financiera, la educación financiera como parte de la educación formal, la tecnología y los pagos digitales como impulso a la inclusión financiera y rompiendo las fronteras tradicionales de la educación financiera; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en beneficio del sistema financiero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Chong Chong, Jefe del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 18 al 22 de noviembre de 2019 a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para participar como panelista en los eventos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto

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