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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (20/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Domingo 20 de octubre de 2019 / El Peruano para las Transferencias Financieras realizadas por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal¨, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 006-2018-OTASS/CD la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima solicita al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento el fi nanciamiento por un monto de S/ 3 250 897.15 (Tres millones doscientos cincuenta mil ochocientos noventa y siete con 15/100 soles), por lo que, la Dirección de Integración emite el Informe N° 85-2019-DI/OTASS, mediante el cual opina en forma favorable respecto de la solicitud de fi nanciamiento de las acciones contenidas en la Ficha Técnica presentada por la citada empresa; Que, mediante Informe N° 021-2019-OTASS/OPP- CP y Memorando N° 1344-2019-OPP/OTASS, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento emitió opinión favorable para la indicada transferencia fi nanciera; Que, con el Informe Legal N° 291-2019-OAJ/OTASS, la O fi cina de Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento se pronuncia sobre la viabilidad legal de la transferencia fi nanciera solicitada por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima; Que, con fecha 15 de octubre de 2019, se suscribe el Convenio N° 006-2019/OTASS-EPS GRAU S.A., entre el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima, mediante el cual OTASS se obliga a efectuar una transferencia por el monto de S/ 3 250 897.15 (Tres millones doscientos cincuenta mil ochocientos noventa y siete con 15/100 soles), para el fi nanciamiento de la Ficha Técnica que se encuentra detallada en el Anexo del citado convenio; Que, en consecuencia y en aplicación del numeral 220.1 del artículo 220, del Reglamento de la Ley Marco y la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del Pliego 207: UE 001 1589: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima, mediante Resolución del Titular; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 33 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA es función de la Dirección Integración, evaluar, determinar, promover y ejecutar la aplicación de los incentivos técnicos y económicos-fi nancieros para cada integración y aplicables a los prestadores de servicios de saneamiento que se integren, en cuanto les corresponda, por lo que es necesario encargar a dicha Dirección el cumplimiento de la presente Resolución; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Integración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y sus modi fi catorias, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y sus modi fi catorias ; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; y la Resolución de Consejo Directivo N° 006-2018-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, Directiva para las Transferencias Financieras realizadas por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207- UE 001 1589: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, hasta por la suma de S/ 3 250 897.15 (Tres millones doscientos cincuenta mil ochocientos noventa y siete con 15/100 soles), con cargo a los recursos asignados a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima, destinada a fi nanciar la Ficha Técnica FT-01- GO detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del proceso de integración de las áreas urbanas del distrito de Sechura, provincia de Sechura, departamento de Piura, al ámbito de responsabilidad de la citada empresa prestadora. Artículo 2. Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2019, de la Sección Primera: Gobierno Central, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5005504: Acciones de Re fl otamiento e Integración de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Ejecución oportuna y e fi ciente Corresponde a la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento coordinar y apoyar la ejecución oportuna y e fi ciente de los recursos de la transferencia autorizada mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo ANEXO Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE FICHA MONTO FT-01-GOReposición integral de la cámara de bombeo de aguas residuales sector La Rivera del Sistema de Alcantarillado de la ciudad de Sechura, provincia de Sechura, región de PiuraS/ 3 250 897.15 TOTAL A TRANSFERIR S/ 3 250 897.15 1818839-1