Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 11 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 17/100 SOLES (S/ 427 692.17) correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios ­ RO; y, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, los montos ascendentes a S/ 286 535.97; y, S/ 141 156.20 respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional": para cofinanciar los desembolsos siguientes: i) 01 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1. Individual - PIEC 1; y, ii) 01 Proyecto de Misiones Tecnológicas -MT; b) Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad": para cofinanciar los desembolsos de: i) 01 Proyecto de Preparación para Acreditación de Laboratorios ­ PPAL; ii) 01 Proyecto de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto ­ EDAI; iii) 02 Proyecto de Innovación Tecnológica Empresarial ­ PITEI; y, iv) 01 Proyecto de I+D+I BIO ­ IDIBIO, Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC: para cofinanciar los desembolsos siguientes i) 07 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores ­ EIN; ii) 03 Proyecto de Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos ­ EDI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 282-2018-PRODUCE y 054-2019-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 17/100 SOLES (S/ 427 692.17) correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios ­ RO; y, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, los montos ascendentes a S/ 286 535.97; y, S/ 141 156.20 respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, correspondiente al Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional; al Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad"; y, Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC; Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora Ejecutiva Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1805176-1

SALUD
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de vacunas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 824-2019/MINSA Lima, 9 de setiembre del 2019 Visto, el Expediente Nº 19-095302-001, que contiene el Informe Nº 620-2019-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa Nº 066-2019-EPPCENARES/MINSA y los Memorandos Nºs 757-2019-CPCENARES/MINSA, 800-2019-CP-CENARES/MINSA y 821-2019-CP-CENARES/MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1347-2018/MINSA de fecha 27 de diciembre de 2018, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2019 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 autoriza, durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud y EsSalud a través de resolución del titular de la entidad. Para dicho efecto, los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico que demuestre ventajas y beneficios del convenio, asimismo deben contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento e informe legal; Que, el numeral 29.2 del artículo 29 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 dispone que el Ministerio de Salud y EsSalud quedan autorizados para transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la presente disposición. Dichas transferencias financieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publican en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, conforme lo previsto en los numerales 29.3 y 29.4 del artículo señalado en el considerando precedente, el Ministerio de Salud y EsSalud, bajo la responsabilidad de su respectivo titular, debe proveer información a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE). La Contraloría General de la República efectúa control concurrente en las acciones del Ministerio de Salud y EsSalud orientadas a la celebración e implementación de los convenios

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