NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (11/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de setiembre de 2019 El Peruano / de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fi n exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta para las precitadas actividades de promoción de las exportaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; el inciso g) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria y el numeral 2 de la Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, que modi fi ca el literal a) del artículo 5 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ, y deroga la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114 respectivamente; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 07-2019-PROMPERU-PE que delega facultades en la Gerente General de PROMPERÚ, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 031-2019-PROMPERU-PE; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Subdirección de Desarrollo Exportador, la O fi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para las siguientes actividades de promoción de las exportaciones: Servicio Nombre de la Actividad Lugar FechaModalidad de ParticipaciónPrecio de Venta en S/ (Inc. IGV)Precio de Venta (%UIT) Participación en Ruedas de NegociosRueda de Negocios Mac Perú 2019Lima – Perú10 de octubre de 2019Espacio de negociación2 795 66,548 Rueda de Negocios Sur Exporta 2019Cusco – Perú16 de octubre de 2019Espacio de negociación3 993 95,071 Participación en Ferias Internacionales de ExportacionesFeria SIAL Paris 2020 París – FranciaDel 18 al 22 de octubre de 2020Stand de 6 m220 625 491,071 Stand de 9 m230 919 736,167 Artículo 2º.- Encargar a la O fi cina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO CORTÉS CARCELEN Gerente General 1805550-1 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan Acuerdo N° 094-2019-CDAH mediante el cual se autoriza al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, como entidad certificadora de competencias en la ocupación “Gestor para el Desarrollo Social” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 107-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 9 de septiembre de 2019VISTOS: El Informe N°000023-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP y el Memorándum N°000073-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace a través del Sistema de Gestión Documental; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desempeño laboral; Que, el numeral 20.3 del artículo 20° del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, establece que la certi fi cación de competencias es otorgada por la entidad certi fi cadora debidamente autorizada, quien debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 21° del citado dispositivo legal; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema