Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2019 (13/09/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Viernes 13 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

71

de Obras con Modificación del Proyecto de Habilitación Urbana; Que, en virtud a lo antes mencionado, el administrado cumple con adjuntar a su expediente de Recepción de Obras con Variación, los requisitos establecidos en el Artículo 32º del del Reglamento de la Ley Nº 29090, y son los siguientes: - FUHU en tres (03) juegos originales, suscritos por el administrado. - Recibo de pago del trámite de Recepción de Obras. - Declaración Jurada del representante legal, así mismo adjunta Vigencia de Poder. - Acta de Conformidad del Servicio Eléctrico, emitido por la Empresa Luz del Sur. - Carta Nº109-2013/ ET-S de Recepción de Obras Complementarias de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa SEDAPAL. - Plano de Ubicación - Plano Perimétrico - Plano de replanteo de trazado y lotización. - Memoria descriptiva - Partida Nº 12620224 de SUNARP Zona Registral Nº IX Sede Lima - Comprobantes de pago de Redención en dinero. Que, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972; y conforme las disposiciones de la Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, así como al amparo de lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de la Corporación Edil y en la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, LA RECEPCIÓN DE OBRAS CON MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE LA HABILITACIÓN URBANA para Uso de Educación Superior (E3), con un área de 57,098.40 m.2, ubicado en la Av. San Marcos Mz. A Sub Lote B, Parcelación Semirústica: Fundo Villa Denominado Lotización San Juan Bautista de Villa del Distrito de Chorrillos Provincia y Departamento de Lima, e inscrito en la Partida Nº 12620224 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a favor de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas ­ UPC. Artículo Segundo.- El área de terreno materia de la Recepción de Obras con modificación de Habilitación Urbana corresponde a un área total de 57,098.40 m.2 distribuidos de la siguiente forma:
APORTES REGLAMENTARIOS % ÁREA DE APORTES PROYECTO Parques Zonales (SERPAR) 5% 2,854.92 0.00 redimido en dinero Renovación Urbana (FOMUR) 3% 1,712.95 0.00 redimido en dinero Otros Fines 2% 1,141.97 0.00 TOTAL 10% 5,709.84 0.00 (*)

la publicación de esta Resolución en el diario oficial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SILVIA ALICIA REATEGUI RAMIREZ Gerente de Desarrollo Urbano 1805989-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Prorrogan plazo de vigencia Ordenanza N° 564/MDC
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2019-AL/MDC Comas, 28 de agosto de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: El Informe Nº 145-2019-DPS/SGOP-GDU/ MC, emitido por la Subgerencia de Obras Privadas, el Informe Nº 116-2019-GDU/MC, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 632-2019-GAJ/ MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través de los cuales solicitan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 564-/MDC de fecha 29 de abril de 2019, Ordenanza de Regularización de Edificaciones: Licencia de Edificación, Licencia de Demolición, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, y Levantamiento de Cargas en el Distrito de Comas. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía municipal radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, tanto en los aspectos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 564/MDC, faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía, pueda reglamentar y/o prorrogar su vigencia; Que, mediante Informes de Vistos, la Subgerencia de Obras Privadas, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asuntos Jurídicos, coinciden en la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 564/MDC hasta el 31 de diciembre del año en curso, al amparo de lo dispuesto en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 564/MDC; Estando a lo expuesto en los informes de vistos y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2019, la vigencia de la Ordenanza Nº 564/MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano, el fiel cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicación Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y Gerencia de Participación

de

la

(*) El área de aportes reglamentario de Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Otros Fines fueron redimidos en dinero. Y al Cuadro General de Áreas: DESCRIPCIÓN Área Total Del Terreno (Área bruta) DESCRIPCIÓN Área Útil Área Cedida para Vías Área Aporte ÁREA (m2) 57,098.40 m2 ÁREA (m2) 50,842.36 m2 6,256.04 m2 0.00 m2

Artículo Tercero.- DISPONER, la inscripción registral a uso Educación Superior E3 el lote que conforma la Recepción de Obra con Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana, que se aprueba de acuerdo a los planos; U-1, P-1 (perimétrico) y TL-1 (trazado y lotización), que forman parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS ­ UPC, efectúe

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.