Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2019 (13/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 79
El Peruano / Viernes 13 de setiembre de 2019
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO DE FAMILIAS Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza Municipal tiene por objeto conformar el Comité Provincial de Fortalecimiento de Familias de la provincia Sánchez Carrión, como un espacio de participación, concertación y articulación, cuya finalidad se orienta a la promoción de relaciones intra e interfamiliares saludables, la protección de las familias y velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos a favor de las familias, en especial de aquellas que se encuentran en situación de extrema pobreza, riesgo, abandono o exclusión en el ámbito de su provincia. Artículo Segundo.- DE LAS FUNCIONES - Emitir opiniones de carácter consultivo, a fin de buscar que se generen los compromisos y el fortalecimiento de las acciones orientadas a promover y proteger el desarrollo integral de las familias, con especial énfasis en aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, pobreza extrema riesgo social, abandono y exclusión en la provincia. - Promover la articulación y coordinación con el Gobierno Regional de La Libertad y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP, a fin de realizar actividades conjuntas en beneficio de las familias, especialmente de aquellas que se encuentran en situación vulnerable y de riesgo social. - Establecer acciones conjuntas con el Gobierno Regional de La Libertad, a fin de poder implementar las políticas de fortalecimiento de familias en la provincia y la región, establecidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC 2016-2021 y el Plan Nacional de Fortalecimiento de las Familias 2016-2021. - Promover la vigilancia ciudadana en su provincia, para una efectiva implementación de la política nacional de fortalecimiento de las familias, ejecución de los programas sociales y los proyectos de inversión pública a favor de las familias en situación de pobreza extrema, de riesgo social, abandono o exclusión. - Promover la asunción de compromisos entre las entidades, empresas públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, para el fortalecimiento de las capacidades en la prevención y solución proactiva de conflictos intrafamiliares o en la vida familiar y demás espacios sociales y económicos. - Proponer estrategias que se encuentren orientadas a la promoción de relaciones intra e interfamiliares saludables y la protección de las familias en situación de vulnerabilidad, pobreza extrema, abandono social o exclusión, a nivel de la jurisdicción de la provincia. - Implementar acciones de promoción, fortalecimiento y protección familiar en el Plan de Desarrollo Concertado Local, Plan Operativo Institucional (POI), Plan estratégico Institucional (PEI) y demás documentos de gestión de la Municipalidad Provincial. - Coordinar con los Gobiernos Locales distritales de la jurisdicción de la provincia Sánchez Carrión, a fin de
realizar intervenciones orientadas al auto-sostenimiento económico de las familias en situación de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social o exclusión. - Promover el cumplimiento de los programas y proyectos en la temática de fortalecimiento de las familias en la provincia. Artículo Tercero.- DE LA CONSTITUCIÓN. El Comité Provincial para el Fortalecimiento de las Familias de la provincia Sánchez Carrión, estará constituido por: - El Alcalde Provincial o su representante, quien la presidirá. - El Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial, o quien haga sus veces, en calidad de Secretario Técnico. - Un Representante del Poder Judicial. - Un Representante del Ministerio Público. - Un representante de la Prefectura Provincial. - Un Representante de la Red de Salud. - Un Representante de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL. - Un Representante del Centro Emergencia Mujer CEM. - Un Representante de la Oficina Municipal del Adulto Mayor o la que haga sus veces. - Un Representante de la Oficina Municipal de Atención a las Personas con DiscapacidadOMAPED. - Un Representante de la Policía Nacional del Perú (PNP) de la provincia. - Dos (02) Representantes de las Organizaciones Sociales de Base (OSB) de la provincia. - Otros actores que se consideren claves. Artículo Cuarto.- OTORGAR un plazo no mayor de 30 (treinta) días para la constitución, implementación e instalación del Comité Provincial de Fortalecimiento de las Familias de la provincia Sánchez Carrión, encargándose a la Gerencia de Desarrollo Social, la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.INSTITUCIONALIZAR la celebración del Día Nacional de la Familia, a realizarse todos los Segundos Domingos de Setiembre de cada año, en el marco del cumplimiento de la Ley Nº 23465; para lo cual deberá coordinarse con la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de La Libertad y Sociedad Civil Organizada para la realización de actividades tendientes a la celebración conjunta. Artículo Sexto.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, encargando su cumplimiento al Secretario General. Dado en la ciudad de Huamachuco, a los veintisiete días del mes de marzo del año 2019 Por tanto mando se registre, publique y cumpla. ROBERT CONTRERAS MORALES Alcalde 1806000-1
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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES


