NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (14/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2019 El Peruano / impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1807018-1 Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Panamá, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1395-2019-IN Lima, 13 de setiembre de 2019VISTOS, el O fi cio N° 1248-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002302-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 109/2019 AMERIPOL - SECRETARÍA EJECUTIVA de fecha 10 de julio de 2019, el O fi cial de Enlace de la Policía Federal del Brasil de la Secretaría Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América – AMERIPOL, hace extensiva la invitación para participar en el “Curso de Investigación y Apoyo a las Víctimas Especí fi cas – Escuela IBERPOL”, que se desarrollará del 16 al 20 de setiembre de 2019, en la Escuela de O fi ciales de Policía “Doctor Justo Arosemena” en la ciudad de Colón de la República de Panamá; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 280-2019-COMGEN.PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 04 de setiembre de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Teniente de la Policía Nacional del Perú Lady Diana Vega Mestanza, del 15 al 21 de setiembre de 2019, a la ciudad de Colón de la República de Panamá, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú su participación en el curso mencionado, porque permitirá realizar una re fl exión, análisis y debate sobre el fenómeno de violencia doméstica entre los países de los Cuerpos de Policía miembros de la Escuela IBERPOL; asimismo recibirá asistencia técnica y profesional en el campo de la investigación, fortalecerá sus destrezas y habilidades, pudiendo replicar lo aprendido al personal policial que labora en la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación y transportes internos, son asumidos por la Policía Nacional de Panamá, conforme lo señala la Carta N° 109/2019 AMERIPOL - SECRETARÍA EJECUTIVA y la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, asumirá los gastos de pasajes aéreos (ida y retorno), conforme lo señala el O fi cio N° 3932-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO- PNP/DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-IN (Sección Primera) y la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN (Sección Segunda); y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Teniente de la Policía Nacional del Perú Lady Diana Vega Mestanza, del 15 al 21 de setiembre de 2019, a la ciudad de Colón de la República de Panamá, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Pasajes aéreos 759,00 X X 1 = 759,00