Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de setiembre de 2019 /

El Peruano

establecidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el veinte de agosto de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; VISTO: El OFICIO N° 0033-2019-GRP-CR/CTEMH de fecha 19 de agosto de dos mil diecinueve, mediante el cual remite el Dictamen N° 001-2019-GRP-CR/CTCEMH; de Declarar de Necesidad Pública e Interés Regional la Construcción del Puente Pichis; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y al artículo 2° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, siendo una norma con rango de ley emitida por el Consejo Regional; se establece en el inciso 4, del artículo 200° de la Constitución Política, textualmente precisa: la Acción de Inconstitucionalidad, que procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo"; Que, con Oficio N° 255-2019-A/MDPB, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez, Sr. Carlos Valverde Rodríguez, solicita al Presidente del Consejo Regional, la RATIFICACIÓN DE DECLARATORIA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PICHIS. Este pedido, se sustenta en la necesidad de continuar el trámite del Proyecto de Ley N° 01834/2017-CR presentado por el Parlamentario Roy Ernesto Ventura Ángel el 29 de agosto de 2017; Asimismo, con fecha 03 de mayo de 2017 el Concejo Municipal emitió el Acuerdo de Concejo N° 00108-2017-MDPB, DECLARANDO DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS DISTRITAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PICHIS. Además de ello, informa que con fecha 31 de julio de 2017 a través del Oficio N° 676-2017GRP/CR, el Presidente del Consejo Regional Sr. Gerson Rolando Grijalva Santos, remite el Acuerdo de Consejo N° 31-2017-G.R.P/CR, DECLARANDO DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PICHIS; Que, con Oficio N° 0676-2017-GRP/CR, el Ex Presidente del Consejo Regional Sr. Gerson Rolando Grijalva Santos, comunica que en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 18 de julio del 2017 se DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PICHIS con una Luz de 179 ML., ubicado en el Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Región Pasco, asimismo señala que se ENCOMENDÓ al Ejecutivo ­del GOREPA- que el acuerdo sirva como sustento para su actuación inmediata y se realice las gestiones ante las instancias nacionales con la finalidad de que pueda obtener oportunamente los recursos económicos, logísticos y técnicos necesarios para su construcción; Que, el Proyecto de Ley N° 01834/2017-CR, presentado al Parlamento Nacional el 29 de agosto de 2017, propone "Declarar de Necesidad e Interés Nacional la Construcción del Puente sobre el Río PICHIS en el Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Región Pasco", sin afectar Áreas Naturales y Arqueológicas Protegidas, así como el medio Ambiente. Por otro lado, es pertinente señalar que también existe otra iniciativa legislativa con relación el tema, corresponde al Proyecto de Ley N° 1694/2016-CR presentado el 21 de julio de 2017 suscrito por el Parlamentario Clayton Flavio Galván Vento, que propone "Declarar de Interés Nacional y Necesidad Pública la Construcción del Puente PICHIS, en el Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Región Pasco, sin afectar Áreas Naturales y Arqueológicas Protegidas, así como el Medio Ambiente"; Que, en la actualidad -procesalmente-, ambos proyectos fueron acumulados en el Dictamen de la Comisión de

Transportes, y Comunicaciones presentado al área de trámite documentario del Congreso de la República el 10 de abril del año 2018, así como: Con la construcción del puente sobre el río Pichis en del distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, en el departamento de Pasco, se pretende lograr una articulación vial del distrito de Puerto Bermúdez con tres regiones Junín, Huánuco y Ucayali, enmarcado el acceso a los servicios básicos; Además, la aprobación de la iniciativa legislativa va a permitir facilitar el intercambio social, cultural y económico, beneficiando principalmente a los agricultores al poder acceder a otros mercados con menor costo y tiempo, asimismo será un generador de fuentes de empleo y promotor del potencial turístico de la zona; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 70 del Reglamento de Congreso de la República, recomienda la APROBACIÓN de los Proyectos de la Ley 1694/2016-CR y 1834/2017-CR que Declara de Interés Nacional y necesidad Pública la Construcción del puente sobre el río Pichis en el distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco; Que, según el Artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre los Acuerdos del Consejo Regional, prescribe que: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional." Que, en el artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo Regional, se señala que el Consejo Regional, también ejerce FUNCIÓN NORMATIVA aprobando, modificando, derogando e interpretando Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional, en concordancia con las disposiciones legales de carácter nacional y de conformidad a las atribuciones conferidas en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el artículo 63 y 64 del Reglamento citado, establece por un lado que: "Los Acuerdos Regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional." Y por el otro que: "Los proyectos de los Acuerdos se aprueban por mayoría simple de los Consejeros y Consejeras hábiles que asisten a la sesión donde se vota. Una vez aprobado el Acuerdo se ordena su ejecución y archivo. Si es obligatorio por Ley o necesario y acordado por mayoría, se publica. Los Acuerdos del Consejo Regional se publicarán en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Pasco"; Que se colige entonces, que las Ordenanzas Regionales y los Acuerdos del Consejo Regional tienen plena eficacia, vigencia y obligatoriedad desde el momento de su publicación. Diremos entonces que, aun cuando la publicación forma parte de la eficacia integradora del procedimiento legislativo, la Ordenanza o Acuerdos del Consejo Regional tiene la condición de tal una vez que ha sido aprobada y sancionada por el Consejo Regional. En efecto, tal y como se desprende de una interpretación sistemática del artículo 51 in fine, y del artículo 109 de la Constitución, la publicación determina la eficacia, vigencia y obligatoriedad de la norma, pero no su constitución, pues esta tiene lugar con la sanción del órgano que ejerce potestades legislativas; Que, con relación al Acuerdo de Concejo N° 31-2017-G.R.P/CR, por el que se DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PICHIS, esta tiene plena vigencia desde el momento de su publicación. Sin embargo, debido a la importancia del tema para los ciudadanos del Distrito de Puerto Bermúdez, y teniendo el Dictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República en espera para el debate en el Pleno del Parlamento Nacional, la Comisión cree pertinente elevar el Acuerdo Regional al nivel de una Ordenanza Regional, el mismo que servirá de sustento para su debate y aprobación; Que, el Foro del Acuerdo Nacional, acaba de aprobar por consenso la Visión del Perú al 2050; Esta visión que describe la situación futura de bienestar que queremos alcanzar somos un país democrático, respetuoso del

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