Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de setiembre de 2019 /

El Peruano

el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar bienes y rentas; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidades tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. (.). Asimismo el Artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Ordenanza Nº 404-MSJM, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 17 de mayo de 2019, se aprobó el beneficio que otorga un incentivo extraordinario por el pago adelantado de Arbitrios Municipales del ejercicio 2019, en el distrito de San Juan de Miraflores. Que, en ese sentido, las municipalidades pueden establecer beneficios y facilidades de pago a sus administrados con la finalidad de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de vida de los vecinos del Distrito; Que, mediante Informe Nº 198-2019-MDSJM/GAT/ SGRT, la Subgerencia de Recaudación Tributaria, hace de conocimiento a este despacho, la evaluación realizada respecto a los contribuyentes que aún mantienen deuda por impuesto predial y arbitrios municipales, según saldo deudores actualizados hasta la fecha, tenemos un total de 12,622 contribuyentes que aún mantienen la condición de morosos o para efectos de la segmentación de la cartera Puntuales Caídos, por lo expuesto y dado al alto índice de morosidad que aún existe, y en aras de brindar la mayor facilidad a los contribuyentes del Distrito para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, asegurando el nivel de recaudación que garantice el cumplimiento de sus fines, es necesario Restituir la Ordenanza Nº

404-MDSJM, la cual otorga un incentivo extraordinario por el pago adelantado de Arbitrios Municipales del ejercicio 2019; Que, mediante Informe Nº 390-2019-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del proyecto de Ordenanza que restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 404-MDSJM, que otorgó un incentivo extraordinario por el pago adelantado de arbitrios municipales del ejercicio 2019, del distrito de San Juan de Miraflores, en virtud a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales antes citadas y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Administración Tributaria y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 404-MDSJM, QUE OTORGÓ UN INCENTIVO EXTRAORDINARIO POR EL PAGO ADELANTADO DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2019, DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Primera.- RESTITUIR; la vigencia de la Ordenanza Nº 404-MDSJM, un incentivo extraordinario por el Pago adelantado de Arbitrios Municipales |del ejercicio 2019, del Distrito de San Juan de Miraflores, en merito a los considerandos antes expuestos. Segunda.- DISPONER; la vigencia de la restitución de la Ordenanza Nº 404-MDSJM, a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2019. Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad: www.minisjm.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1809615-1

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