Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 22 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www. contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Sesión Ordinaria efectuada el día miércoles 28 de agosto de 2019, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario, Oficio Nº 403-2019-FCS-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE:

NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1809296-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan emisión de duplicado de diploma de título profesional de médico cirujano otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU- 298 -2019-UNSAAC Cusco, 02 de septiembre de 2019. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro. 942961, presentado por don EDSON ANTONIO SERRANO DEL CARPIO, con Código Universitario Nº 950905 egresado de la entonces Carrera Profesional de Medicina Humana de la Facultad de Medicina Humana, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por motivo de pérdida, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nro. 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispuesta en el Art. 3º; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nro. CU-224-2006UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nro. R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente de Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición la documentación sustentatoria respectiva, conforme a Directiva de la Institución; Que, del Informe Nro. 065-2019-GT-UNSAAC, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que el recurrente optó al Título Profesional de Médico Cirujano, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nro. 11, folio Nro. 335, con Resolución Nro. CU-11622002-GT de fecha 09 de agosto de 2002; asimismo, se verificó que el Título Profesional en mención se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU; Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en

Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE MEDICO CIRUJANO, por motivo de pérdida, a favor de don EDSON ANTONIO SERRANO DEL CARPIO, con Código Universitario Nº 950905, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (a.i.) 1809422-1

Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para asistir a conferencia internacional en Noruega y realizar pasantía en Rusia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-1434 -2019-UNSAAC Cusco, 13 de septiembre de 2019. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Oficio Nº 831-2019-VRIN-UNSAAC registrado con el Expediente Nº 946740 presentado por el DR. GILBERT ALAGÓN HUALLPA, Vicerrector de Investigación de la Institución, solicitando Licencia con Goce de Haber a favor de docente que se indica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante expediente del Visto, el Vicerrector de Investigación de la Institución, manifiesta que el Dr. Milton Rojas Gamarra, Docente Contratado Régimen A1 (32) y Responsable del Esquema Financiero E0041-2017UNSAAC-02 denominado: Proyecto de Investigación intitulado "ESTUDIO DE LAS TORMENTAS GEOMAGNÉTICAS UTILIZANDO DATOS SATELITALES Y FORMACIÓN DE REDES INTERNACIONALES EN FÍSICA ESPACIAL", con financiamiento de fondos Canon en el marco del Convenio CONCYTEC-UNSAACFONDECYT, solicita Licencia con goce de haber, para participar en la 14ava CONFERENCIA INTERNACIONAL DE SUB TORMENTAS en Tromso - Noruega, a fin de presentar trabajos relacionados al referido Proyecto de Investigación, a partir del 29 de setiembre al 06 de octubre de 2019, y realización de la Pasantía "La Física de las Sub

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