Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 22 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Quinto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Sexto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Licencia, hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área. integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor "Rendición de Cuentas, Resolución Nº R, Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016, proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará ante el Área de Escalafón y Pensiones copia del certificado de participación en dicha Conferencia y Pasantía, del mismo modo informe y material de trabajo ante el Decanato de Facultad y Despacho Rectoral, respectivamente. Séptimo.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACION DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIATICOS POR COMISION DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAIS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0348-2016UNSAAC. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (a.i.) 1809420-1

administrativo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna; CONSIDERANDO: Que la Directora de la Dirección Académica de Responsabilidad Universitaria de la UNJBG, da a conocer que se ha recibido invitación para que el Ballet Folklórico de la UNJBG participe en el 33º Encuentro Nacional e Internacional de Folklore en Tucumán Argentina a desarrollarse del 10 al 18 de setiembre del año en curso, evento organizado por el Encuentro Nacional e Internacional de Folclore (ENIF) Ballet Tucumán, en tal sentido solicita autorización pertinente y la asignación de los recursos económicos correspondientes; a favor de la Directora del Taller de Danzas de la UNJBG SAP. Antonieta Maura Velarde Sánchez, toda vez que nuestra Casa Superior de Estudios, al participar en este evento de trascendencia internacional proporcionará a los estudiantes la posibilidad de vivir experiencias culturales artísticas y tener incidencia positiva en su aprendizaje cocurricular, además que se dará a conocer nuestra cultura folklórica a los países de América Latina que participarán en el evento, permitiendo así el intercambio de las riquezas culturales de las diversas expresiones folklóricas; Que según Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D. S. Nº 047-2002-PCM, en su Art. 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano; Que el numeral 10.1 del Art. 10º de la Ley 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, establece en materia de bienes y servicios, durante el Año Fiscal 2019, que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que en consecuencia, y siendo de interés para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna y por ende del País, se autoriza el viaje al exterior de la SAP. Antonieta Maura Velarde Sánchez, personal administrativo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna, durante el periodo del 10 al 18 de setiembre de 2019; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 30372, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios de la SAP. ANTONIETA MAURA VELARDE SÁNCHEZ, personal administrativo, y Directora del Taller de Danzas de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, para participar en el 33º Encuentro Nacional e Internacional de Folklore en Tucumán Argentina a desarrollarse del 10 al 18 de setiembre de 2019, evento organizado por el Encuentro Nacional e Internacional de Folclore (ENIF) Ballet Tucumán. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal,

Autorizan viaje de personal administrativo, y Directora del Taller de Danzas de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna a Argentina, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN - TACNA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 6052-2019-UN/JBG Tacna, 3 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 2679-2019-OPEP/UNJBG, Proveídos Nº 6059-2019-REDO y Nº 2801-2019-SEGE, Oficios Nº 339; 317-2019-DRSU-UN/JBG, Informe Nº 95-2019URE/SEGE, sobre autorización de viaje al exterior de la SAP. Antonieta Maura Velarde Sánchez, personal

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