Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (15/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de abril de 2020 / El Peruano Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial, Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutarán los Subproyectos adjudicados de innovación, en el marco del Concurso PNIPA 2018-2019, (4ta. Ventanilla), en las categorías de: Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Acuicultura, respectivamente, señaladas en los cuadros del Anexo que forman parte integrante de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 3´176,575.69 (Tres millones ciento setenta y seis mil quinientos setenta y cinco con 69/100 soles), correspondiendo el monto de S/ 1’270,630.28 (Un millón doscientos setenta mil seiscientos treinta con 28/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y el monto de S/ 1´905,945.41 (Un millón novecientos cinco mil novecientos cuarenta y cinco con 41/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- MonitoreoLas Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Asimismo disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo” deben elaborar la información para cumplir con informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Asimismo, disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas por el Programa, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA. Regístrese, comuníquese y publíquese. 1 ROSMARY CORNEJO VALVIDIA Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura 1 La presente Resolución Directoral se publica en modo virtual en el Portal Institucional del Programa (www.pnipa.gob.pe), en atención al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, mediante el cual, declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; por lo que, una vez que se levante el régimen de excepción, esta Resolución será reemplazada con la fi rma, vistos y con los sellos respectivos. ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 009-2020-PRODUCE-PNIPA-DE DESEMBOLSOS A SUBPROYECTOS POR PROYECTO Y META PRESUPUESTAL (soles) CONCURSO 2018-2019 PROYECTO: 2302313 PROYECTO NACIONAL DE INNOVACION EN ACUICULTURA CATEGORÍA: FOMENTO E INCENTIVO DEL SERVICIO DE EXTENSION EN ACUICULTURA N°Código de SubproyectoContrato Titulo Subproyecto Entidad Ejecutora OMR RUC Monto Desembolso (soles) RDR (40%)ROOC (60%)Total 1PNIPA-ACU- SEREX-PP-001370004-2020Transferencia de Tecnologías y Mejora de las Buenas Prácticas en el Proceso Productivo de Tilapia (Oreochromis niloticus), en la Asociación de Productores Agropecuarios Triunfadores Unidos, en el Distrito de Tabaconas, Provincia de San Ignacio, Departamento CajamarcaASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS TRIUNFADORES UNIDOSOMR I 20600440480 72,887.00 29,154.80 43,732.20 72,887.00