Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (22/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de abril de 2020 El Peruano / Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación disciplinaria o penal, que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 5 de abril de 2020, la renuncia formulada por el señor Franklin César Rodríguez Castañeda al cargo de Juez Especializado titular del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Establecer que la renuncia del señor Franklin César Rodríguez Castañeda, en ningún modo signi fi ca exonerarlo de cualquier responsabilidad que se determine en ámbito disciplinario o penal, que sea materia de investigación en el Poder Judicial o en otro órgano del Estado. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Especializado titular del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial; y al juez recurrente, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1865643-2 Cesan por límite de edad a magistrado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial de Sullana RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000052-2020-P-CE-PJ Lima, 6 de abril del 2020VISTO: El O fi cio N° 000015-H-2020-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor Gelmer Inocencio Campos Maldonado, Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial del mismo nombre. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Suprema Nº 149- 90-JUS, de fecha 18 de junio de 1990, se nombró al señor Gelmer Inocencio Campos Maldonado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Piura, Distrito Judicial de Piura - Tumbes; y por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 333-2003-CNM, del 11 de agosto de 2003, fue reincorporado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial de Piura. Posteriormente, fue incorporado al Distrito Judicial de Sullana que fue creado mediante Resolución Administrativa N° 396-2010-CE-PJ de fecha 2 de diciembre de 2010, emitida por Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio N° 000015-H-2020-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como de la fi cha del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, documento de identidad y partida de nacimiento que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez de Paz Letrado nació el 14 de abril de 1950; y que el 14 de abril del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa N° 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107°, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez cumple setenta años. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011- CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 15 de abril del año en curso, al señor Gelmer Inocencio Campos Maldonado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial de Sullana. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional al señor Gelmer Inocencio Campos Maldonado, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez de Paz Letrado en el Distrito Judicial de Sullana, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Sullana, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1865643-3 Autorizan a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, en cuyos Distritos Judiciales funcionan órganos jurisdiccionales tramitando procesos con el Expediente Judicial Electrónico (EJE), que dispongan las medidas necesarias para tramitar de forma remota los expedientes que su naturaleza lo permita durante el período de emergencia nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000053-2020-P-CE-PJ Lima, 6 de abril del 2020CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 15 días calendario, y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan