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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (28/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 28 de abril de 2020 / El Peruano ingresos por concepto de venta de entradas, licencias de uso y patrocinios; en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL – PERÚ); precisando que, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la Micro y Pequeña Empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, se declara la suspensión por treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicado la citada norma, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo, que se tramiten en entidades del Sector Público; Que, por Decreto Supremo N° 007-2020-MTC se modi fi ca, entre otros, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU que crea el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ámbito del Ministerio de Educación, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 009-2015-MINEDU, N° 017-2018-MTC y N° 008-2019-MTC, conforme a lo siguiente: “créase en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”, con el objeto de dar cumplimiento a las acciones de mantenimiento, saneamiento físico legal, operación, monitoreo, disposición y sostenibilidad del Legadode los XVIII Juegos Panamericanos y de los Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019. (…)” ; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2020-MTC establece que toda referencia que se haga al Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019 en los dispositivos normativos o actos administrativos que regulan su funcionamiento deben entenderse efectuados al “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”; Que, mediante O fi cio N° 119-2020-MTC/34, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, sustentada en el Informe N° 109-2020-MTC/34.01.03 de su O fi cina de Administración, el Memorando N° 177-2020-MTC/34.01.09 e Informe N° 008-2020- MTC/34.01.09/HSSH de su O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 092-2020-MTC/34.01.01 de su O fi cina de Asesoría Jurídica, solicita aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, por el concepto de pago del veinticinco por ciento (25%) del valor neto de ingresos del contrato de patrocinio suscrito con la Administradora del Jockey Plaza Shopping Center, en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por COPAL - PERÚ; Que, asimismo, el Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos con Memorando N° 183-2020-MTC/34.01.09 e Informe N° 009-2020-MTC/34.01.09/HSSH de su O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y con Informe N° 095-2020-MTC/34.01.01 de su O fi cina de Asesoría Jurídica, en el marco de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, sustenta la viabilidad legal del plazo para la expedición de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la ODEPA; Que, con Memorando N° 0651-2020-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 170-2020-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable y propone el proyecto de resolución ministerial que aprueba una transferencia fi nanciera, hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES) a favor de la Organización Deportiva Panamericana, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el año fi scal 2020, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para ser destinados a los fi nes del Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones; Que, en consecuencia, es necesario aprobar una transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fi scal 2020, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad a lo dispuesto por el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad de legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fi scal 2020, a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports, hasta por la suma de S/ 9 090,90 (NUEVE MIL NOVENTA Y 90/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto asignado al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1865811-1