TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Martes 28 de abril de 2020 El Peruano / Artículo Cuarto.- DISPONER que la Jueza ELMA DELICIA FERNANDEZ VERGARAY, a cargo del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de SMP (Condevilla), en adición a sus funciones se haga cargo del Juzgado de Investigación Preparatoria de SMP (Condevilla), por el período del lunes 27/4/2020 08.-00 a.m. al lunes 4/5/2020 7.-59 a.m. conforme a los lineamientos de la R.A. 115-2020-CE-PJ. Artículo Quinto.- DISPONER que la Jueza FLOR DE MARÍA LIVIA CAMACHO, a cargo del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de SMP (Condevilla), en adición a sus funciones se haga cargo del Juzgado de Investigación Preparatoria de SMP (Condevilla), por el período del lunes 4/5/2020 08.-00 a.m. al lunes 11/5/2020 7.-59 a.m., conforme a los lineamientos de la R.A. 115-2020-CE-PJ. Artículo Sexto.- DISPONER que el Juzgado Penal Unipersonal de la sede de Independencia de la CSJ de Lima Norte, como órgano jurisdiccional de emergencia, en adición a sus funciones atenderá los asuntos urgentes del 1°, 2°, 4°,5°,6°,8° y 12° Juzgado Penal Liquidador de Independencia (Sede Naranjal) (Del lunes 27/4/2020 08.-00 am hasta el lunes 11/5/2020 07.-59 am.), para ello la Administración de los Juzgados Penales Liquidadores organizará al personal mínimo que prestará apoyo a dichos órganos jurisdiccionales. Artículo Sétimo.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales que conocen procesos de Violencia contra la Mujer e Integrantes de Grupo Familiar, atenderán como órgano jurisdiccionales de emergencia, de acuerdo a lo establecido en R.A. 339-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, a partir del 27/4/2020 y por el plazo de 14 días calendarios. Artículo Octavo.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales que conocen procesos de menores infractores, atenderán de manera excepcional y de emergencia, de acuerdo a lo establecido en la R.A. 237-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ del 26/2/2020. Artículo Noveno.- DISPONER que la Administradora del Módulo Penal, Administradora del Módulo de Familia, Administrador del Módulo de Violencia contra la Mujer e Integrantes de Grupo Familiar, Administrador de la sede de los Juzgados Penales, y Administradora del MBJ de Los Olivos, respectivamente organicen y asignen al personal jurisdiccional y administrativo en número su fi ciente para que laboren como apoyo a los órganos jurisdiccionales de emergencia , cuidando la alternancia y rotación para que los Auxiliares que estuvieron asignados en la tercera etapa no continúen en la cuarta etapa. Artículo Décimo.- REITERAR la disposición para que los Jueces y auxiliares designados a los órganos jurisdiccionales de emergencia en la CSJ de Lima Norte, en los períodos señalados, solo atenderán los casos graves y urgentes, restringiendo la atención física o presencial a lo mínimo indispensable, utilizando para las audiencias respectivas el aplicativo correo electrónico Gmail “ Google Hangout Meet ”, conforme a la R.A. 326-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ (27/3/2020). Artículo Décimo Primero.- REITERAR las siguientes disposiciones emitidas por el CE-PJ mediante R.A. 119 y 120-2020-CE-PJ. a) “ Habilitar la competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los Distritos Judiciales del país, para tramitar solicitudes de conversión automática de penas que presenten las personas condenadas por el delito de omisión a la asistencia familiar, conforme lo dispone el Decreto Legislativo N°1300, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N°008-2020. Remitiéndose el informe de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal, para los fi nes pertinentes. b) Habilitar la competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los Distritos Judiciales del país, para tramitar solicitudes de bene fi cios penitenciarios (Semilibertad y Liberación Condicional); las cuales se resolverán mediante audiencias virtuales. d) Exhortar a todos los Jueces Penales de los Distritos Judiciales del país incluidos quienes integran los órganos jurisdiccionales de emergencia, que resuelvan de o fi cio y/o a pedido de parte legitimada la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad que estén bajo su competencia, a fi n de evaluar modi fi caciones en su condición jurídica; y,e) Los jueces penales de los Distritos Judiciales del país, incluidos los que integran los órganos jurisdiccionales de emergencia, están en la obligación de resolver las solicitudes de variación del mandato de detención o cese de prisión preventiva según corresponda al modelo procesal que se aplique, que se presenten en los procesos judiciales a su cargo.” Artículo Décimo Segundo.- DISPONER la prórroga de funcionamiento como ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DE EMERGENCIA de la CSJ de Lima Norte, fi n de atender asuntos de urgencia, a partir del 27/4/2020 y por el plazo de 14 días calendarios, de las siguientes áreas: - Gerencia de Administración Distrital - Jefaturas de las Unidades de Administración y Finanzas (UAF), Planeamiento y Desarrollo y Servicios Judiciales. - Coordinadores de Logística, Contabilidad y Personal de la UAF. - Administradores del Módulo Penal, Juzgados Liquidadores Sede Naranjal, Módulo de Familia y Módulo Judicial Integrado de Violencia contra la Mujer e Integrantes de Grupo Familiar. Los titulares designados en dichas áreas establecerán horarios de atención mínima y de permanencia, pudiendo desarrollar sus actividades desde sus domicilios con uso de las tecnologías de información y comunicación. Artículo Décimo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital provea de los implementos, materiales e insumos para la continuidad de los servicios indispensables que se brindan durante el Estado de Emergencia. Artículo Décimo Cuarto.- PONER en conocimiento la presente resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Personal, Administración del Código Procesal Penal, Administración del Módulo de Familia, Administración del Módulo de Violencia contra la Mujer e Integrantes de Grupo Familiar y de los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICENTE AMADOR PINEDO COA PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima Norte 1865815-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Modifican la Circular N° 0018-2019-BCRP respecto a la aplicación de las tasas máximas de interés compensatorio y moratorio que fija el Banco Central, para adecuarla al Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups CIRCULAR Nº 0018-2020-BCRP Lima, 27 de abril de 2020Ref.: Modi fi cación a la Circular Nº 0018-2019-BCRP CONSIDERANDO:Que el Decreto de Urgencia Nº 013-2020 que promueve el fi nanciamiento de las MIPYME,