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5 NORMAS LEGALES Martes 11 de agosto de 2020 El Peruano / a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para fi nanciar el “ Apoyo Temporal para el fortalecimiento del Desarrollo Infantil ” del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 142 262 446,00 =========== TOTAL EGRESOS 142 262 446,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 9 414 846,00 2.5 Otros Gastos 132 523 600,00 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 324 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 142 262 446,00 =========== 6.8 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 6.7, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario del presente Decreto de Urgencia. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 6.9 La desagregación de ingresos de los recursos autorizados en la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se registra en la partida de ingreso 1.8.1 2.1 1 Bonos del Tesoro Público; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. 6.10 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 6.11 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de los dispuesto en el presente artículo. INCLUSIÓN ECONÓMICAArtículo 7.- Intervención Temporal de Apoyo al desarrollo productivo de los hogares rurales con economía de subsistencia 7.1 Autorízase al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES para la creación e implementación de la Intervención Temporal de “Apoyo al desarrollo productivo de los hogares rurales con economía de subsistencia” , para la atención de 21,100 hogares rurales que comprende la prestación de servicios de asistencia técnica, capacitación e implementación de tecnologías productivas, con la fi nalidad de mejorar la disponibilidad de alimentos y la seguridad alimentaria para su subsistencia y expansión asistida de sus áreas de producción agraria; así como para la mejora de la vivienda rural en las zonas de pobreza y pobreza extrema. 7.2 La implementación de lo dispuesto en el numeral precedente, se realiza en los distritos identi fi cados en la Directiva Nº 006-2012-MIDIS, “Lineamientos para la focalización de intervenciones para el desarrollo productivo y la generación y diversi fi cación de ingresos de la población en proceso de inclusión”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 190-2012-MIDIS, y en los cuales FONCODES ha realizado intervenciones con proyectos de desarrollo productivo que permitan avanzar en el cierre de brechas a nivel de estos distritos; en articulación con Gobiernos Regionales, Locales y otros actores para la complementariedad de sus intervenciones en el territorio. 7.3 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, para fi nanciar la ejecución de la Intervención Temporal de Apoyo al desarrollo productivo de los hogares rurales con economía de subsistencia, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 80 000 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 80 000 000,00 =========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006373 : Promoción, implementación y ejecución de actividades para la reactivación económica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 481 852,00 2.5 Otros Gastos 78 518 148,00 =========== TOTAL EGRESOS 80 000 000,00 =========== 7.4 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 7.3, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 7.5 La desagregación de ingresos de los recursos autorizados en la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se registra en la partida de ingreso 1.8.1 2.1 1 Bonos del Tesoro Público;