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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (12/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de agosto de 2020 / El Peruano mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00008- 2020-ARCC/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE Modi fi car la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE, de acuerdo con el siguiente texto: “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIAÚnica.- Aplicación del Anexo aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00086-2019-RCC/DE a solicitudes en trámite Disponer que las solicitudes de fi nanciamiento presentadas a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios antes de la entrada en vigencia del Anexo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, continúan con su trámite considerando lo previsto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00086-2019-RCC/DE.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, en el mismo día, su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 1876820-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Designan Asesor de la Gerencia General del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000053-2020-MINAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 11 de agosto del 2020VISTO:El Informe N° D000114-2020-MINAGRI-SERFOR- ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de la Gerencia General del SERFOR, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; Con el visado de la Gerente General (e), de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Director de la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor José Fernando Barturén Torres en el cargo de Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR, cargo considerado de confi anza. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución al señor José Fernando Barturén Torres, así como a la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO YNGA LA PLATA Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 1876818-1 CUL TURA Otorgan distinción póstuma de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000211-2020-DM/MC San Borja, 7 de agosto del 2020VISTOS; el Informe Nº 000167-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000122-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; el Informe Nº 000054-2020-DIA/MC de la Dirección de Artes; el Informe Nº 000072-2020-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, mediante el artículo 51 del ROF se señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país; Que, el artículo 55 del ROF establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identi fi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar,