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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2020 (28/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Martes 28 de enero de 2020 / El Peruano urgentes, contempladas en la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, a partir del 1 al 7 de febrero de 2020. - CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE VENTANILLA El señor Daniel Ernesto Cerna Cerna Salazar, Juez Especializada Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Ventanilla, en adición a sus funciones, deberá conocer y tramitar los procesos que contengan las materias catalogadas de urgentes, contempladas en la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, bajo el siguiente detalle: Órgano de Emergencia Juzgado Período Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de VentanillaPrimer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de VentanillaDel 17/02/2020 al 02/03/2020 Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de VentanillaDel 17/02/2020 al 1/03/2020 Tercer Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de VentanillaDel 17/02/2020 al 1/03/2020 Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de VentanillaDel 1/02/2020 al 1/03/2020 Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ventanilla(Juzgado Penal Liquidador)Del 17/02/2020 al 1/03/2020 - JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ANCÓN Y SANTA ROSA La señora Masiel Galindo Soto, Jueza Especializado Supernumeraria del Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa, en adición a sus funciones, deberá conocer y tramitar los procesos que contengan las materias catalogadas de urgentes, contempladas en la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, bajo el siguiente detalle: Órgano de Emergencia Juzgado Período Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa RosaPrimer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de PachacutecDel 01/02/2020 al 1/03/2020 Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi PerúDel 1/02/2020 al 9/02/2020 Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa RosaDel 01/02/2020 al 1/03/2020 Asimismo, se precisa que la señora Julia Esther Esquivel Apaza, Jueza Especializada Supernumeraria Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi Perú, deberá conocer y tramitar los procesos que contengan las materias catalogadas de urgentes, contempladas en la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, a partir del 10 de febrero al 1 de marzo de 2020. JUZGADO PENAL COLEGIADO DE EMERGENCIA- JUZGADO PENAL COLEGIADO PERMANENTEEl Juzgado Penal Colegiado Permanente de Ventanilla deberá conocer y tramitar los procesos penales que contengan las materias catalogadas de urgentes, así como los procesos nuevos que ingresen en dicho período vacacional y que sean de su competencia, según el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ; para tal efecto el ingreso de cada uno de los citados procesos se realizará en forma aleatoria para posibilitar la designación equitativa del directo de debates entre los integrantes del Juzgado Penal Colegiado Permanente y se encontrará integrada de la siguiente forma: Magistrado CargoDespacho del que provieneFECHA CONDICIÓN Rut María Moreno VillaJueza Especializado TitularSegundo Juzgado Unipersonal Penal de VentanillaDel 01/02/2020 al 16/02/2020Presidenta Magistrado CargoDespacho del que provieneFECHA CONDICIÓN Daniel Ernesto Cerna Salazar Juez Especializada TitularCuarto Penal Unipersonal de VentanillaDel 01/02/2020 al 16/02/2020Integrante Masiel Galindo SotoJueza Especializado SupernumerarioJuzgado Penal Unipersonal de Ancón y Santa RosaDel 1/02/2020 al 9/02/2020Integrante Magistrado CargoDespacho del que provieneFECHA CONDICIÓN Daniel Ernesto Cerna SalazarJuez Especializado TitularCuarto Juzgado Unipersonal PenalDel 17/02/2020 al 1/03/2020Presidente Julia Esther Esquivel Apaza EspinozaJuez Especializado SupernumerarioJuzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi PerúDel 10/02/2020 al 1/03/2020Integrante Masiel Galindo SotoJuez Especializado SupernumerarioSegundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de PachacutecDel 10/02/2020 al 1/03/2020Integrante El Juzgado Penal Colegiado deberá hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los procesos judiciales, bajo responsabilidad funcional. IV. JUZGADOS DE PAZ LETRADO- JUZGADO DE PAZ LETRADO LABORAL La señora Luzmila Becerra Alvarado, Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Laboral del Distrito de Ventanilla, en adición a sus funciones, deberá atender y tramitar los asuntos en materia civil, familia, penal, laboral, según corresponda, conforme al artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, de competencia del Juzgado Paz Letrado del MBJ Proyecto Especial Pachacutec y del Juzgado Paz Letrado de Ancón y Santa Rosa, a partir del 10 de febrero al 1 de marzo de 2020, dado que a partir del 1 al 9 de febrero de 2020 se hará cargo de los mencionados despachos la señora Ángela Rengifo Carpio, Jueza Titular del Juzgado Paz Letrado de MBJ Proyecto Especial Pachacutec. - JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE VENTANILLA Y MI PERÚ La señora Dina Bendezú Muñoz, Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado de los distritos de Ventanilla y Mi Perú, en adición a sus funciones, deberá atender y tramitar los asuntos en materia civil, penal, familia, según corresponda, conforme al artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ, de competencia del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia de los distritos de Ventanilla y Mi Perú, a partir del 1 de febrero al 1 de marzo de 2020. VIII. OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL VENTANILLA La O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla se encontrará a cargo de la señora Brizalina Carrasco Álvarez, Juez Superior Titular de este Distrito Judicial, a partir del 1 al 23 de febrero de 2020. Artículo Segundo.- DISPONER que el FUNCIONAMIENTO de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia designados mediante el Artículo Primero de la presente resolución se regirá de acuerdo a lo dispuesto por el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ. Artículo Tercero.- DISPONER que los magistrados que se encuentren comprendidos en la presente resolución harán uso de su descanso físico vacacional, según las necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del año en curso, previa autorización del Presidente de la Corte Superior de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo séptimo de la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ. Artículo Cuarto.- DISPONER que los señores Magistrados a cargo de los Órganos Jurisdiccionales de