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5 NORMAS LEGALES Martes 11 de febrero de 2020 El Peruano / De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución Ministerial N° 11-2018-MIDIS, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE:Artículo 1. Aceptar la renuncia de la señora LIZZETTE MABEL DEXTRE AGUIRRE, en el cargo de Coordinadora Técnica del Programa Nacional Cuna Más, siendo su último día de labores el 10 de febrero de 2020, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar al señor PEDRO LEONCIO FALERA RIPAS en el cargo de Coordinador Técnico del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 11 de febrero de 2020. Artículo 3. Notifi car la presente resolución a los citados servidores y a la Unidad de Gestión del Talento Humano. Artículo 4. Disponer la publicación de la presente, en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, Notifíquese y Publíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1854298-1 Designan Jefa de la Unidad de Comunicaciones del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 150-2020-MIDIS/PNCM Lima, 10 de febrero de 2020VISTO: El Memorándum N° 166-2020-MIDIS/PNCM/UGTH de fecha 7 de febrero de 2020, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano y el Informe N° 187 -2020-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 10 de febrero de 2020, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 547-2019-MIDIS/PNCM de fecha 22 de abril de 2020 se designó a la señora Marlene Huamanlazo Torres como Jefa de la Unidad de Comunicaciones del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante la Carta S/N de fecha 7 de febrero de 2020, la señora Marlene Huamanlazo Torres presentó renuncia al referido cargo; Que, mediante el Memorándum N° 166-2020-MIDIS/ PNCM/UGTH, la Unidad de Gestión del Talento Humano informa que la propuesta de designación de la señora Constanza Beatriz Paredes Rodríguez como Jefa de la Unidad de Comunicaciones, resulta viable en la medida que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1603-2017-MIDIS/PNCM y su modi fi catoria; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución Ministerial N° 11-2018-MIDIS, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Programa Nacional Cuna Más;SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia de la señora MARLENE HUAMANLAZO TORRES, en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicaciones del Programa Nacional Cuna Más, siendo su último día de labores el 10 de febrero de 2020, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar a la señora CONSTANZA BEATRIZ PAREDES RODRÍGUEZ en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicaciones del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 11 de febrero de 2020. Artículo 3. Notifi car la presente resolución a las citadas servidoras y a la Unidad de Gestión del Talento Humano. Artículo 4. Disponer la publicación de la presente, en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1854298-2 ECONOMIA Y FINANZAS Reglamento de los Regímenes de Sinceramiento y de facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD DECRETO SUPREMO Nº 032-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 037-2019 se aprueban medidas extraordinarias para recuperar las deudas por aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD de los empleadores públicos y privados con la fi nalidad de disponer de los recursos fi nancieros necesarios para ampliar y/o mejorar la infraestructura y equipamiento asistencial del ESSALUD; Que, para tal efecto, el artículo 5 del citado decreto establece el Régimen de Sinceramiento de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (RESICSSS), el cual tiene por fi nalidad fi nanciar y reestructurar el pago de la deuda por aportaciones al ESSALUD de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en tanto el artículo 10 del mismo decreto establece el Régimen de Facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (REFACSSS), cuya fi nalidad es fi nanciar y reestructurar el pago de la deuda por parte de los empleadores del sector privado que tengan la condición de microempresa o pequeña empresa (MYPE); Que resulta necesario aprobar las normas reglamentarias correspondientes que permitan la aplicación de los regímenes antes señalados; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Apruébase el Reglamento de los Regímenes de Sinceramiento y de Facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud, establecidos por el Decreto de Urgencia Nº 037-2019, que dispone medidas extraordinarias para garantizar el derecho fundamental a la salud, a través de la recuperación de las deudas por aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD, que consta de un (1) título preliminar, dos (2) títulos, doce (12) artículos y dos (2) anexos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo.