Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2020 (11/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de febrero de 2020 /

El Peruano

Estratégicos en Salud, la Oficina General de Comunicaciones y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y de conformidad con el Plan de Acción ­ "Emergencia Sanitaria por brote epidémico de dengue en los Departamentos de Loreto, Madre de Dios y San Martín", que como Anexo I forma parte del Decreto Supremo N° 004-2020-SA. Artículo 5.- Información 5.1 Los Pliegos 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, 454: Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín informarán al Ministerio de Salud, sobre los avances físicos y financieros del desarrollo del Plan de Acción ­ "Emergencia Sanitaria por brote epidémico de dengue en los Departamentos de Loreto, Madre de Dios y San Martín", que como Anexo I forma parte del Decreto Supremo N° 004-2020-SA. 5.2 Dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal, los Pliegos 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, 454: Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín remitirán al Ministerio de Salud copia de la Resolución Ejecutiva y la Nota de incorporación correspondiente de los recursos transferidos. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1854364-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan miembros titulares y alternos del Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, en representación del Ministerio y de la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0087-2020-MTC/01.02 Lima, 10 de febrero de 2020 VISTO: El Memorándum Nº 1254-2019-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento

Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, el cual establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre, así como, el régimen y características del seguro obligatorio por accidentes de tránsito, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Reglamento antes citado, dispone la conformación del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, en adelante el Fondo, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual es administrado por un Comité de Administración integrado, entre otros, por dos (02) representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside; y un (01) representante del Consejo Nacional de Seguridad Vial; Que, el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2004-MTC y modificatorias, establece la finalidad, organización y régimen de administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito; asimismo, en su artículo 6, señala que los miembros del Comité de Administración del Fondo son designados por resolución del titular de la institución a la que representan, y que los representantes alternos de cada uno de los miembros del Comité de Administración del Fondo se designan con las mismas formalidades que los titulares, los que podrán reemplazar a estos últimos con las mismas facultades, precisando que el cargo de miembro del Comité es un cargo ad honórem; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 899-2017 MTC/01.02, se designan a los miembros titulares y alternos del Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, en representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Consejo Nacional de Seguridad Vial, conforme a lo establecido en el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2004-MTC y modificatorias; Que, mediante la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se dispone la adecuación del Consejo Nacional de Seguridad Vial a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, como Comisión Multisectorial de naturaleza permanente sobre seguridad vial, en adelante la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial, estableciendo que toda referencia que se efectúe en cualquier disposición o documento al Consejo Nacional de Seguridad Vial debe entenderse a la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial; Que, con el documento de visto, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal propone y sustenta la necesidad de actualizar la designación de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial ante el Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, considerando que los miembros designados por la Resolución Ministerial Nº 899-2017 MTC/01.02, ya no laboran en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, es necesario la designación de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial ante el Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito; así como derogar la Resolución Ministerial Nº 899-2017 MTC/01.02; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de

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